Seguridad Pública
Situación actual de la comisión legislativa
Presentación
Esta sección de la ficha técnica sobre la Comisión de Seguridad Pública presenta un balance cualitativo de los temas pendientes en esta materia, realizado principalmente a través de las iniciativas que se han presentado en las últimas tres legislaturas y que no han sido objeto de dictamen. Un análisis de los dictámenes aprobados y las reformas promulgadas puede consultarse en la sección “Impacto del trabajo legislativo”, en tanto que el recuento exhaustivo de las iniciativas presentadas se encuentra en la sección “Desempeño de la comisión”.[1]
En materia de seguridad pública, durante las últimas tres legislaturas, los temas que han ocupado un mayor número de iniciativas pueden agruparse en cuatro grandes rubros: a) la coordinación entre las autoridades para la prevención y combate a la delincuencia (con 28 por ciento de las iniciativas analizadas); b) aplicación de penas y readaptación social de sentenciados (21 por ciento); c) acciones dirigidas a la prevención del delito (16 por ciento) y d) modificaciones a los procedimientos penales (15 por ciento). Estos cuatro rubros, como se observa en el cuadro 1, comprenden 80 por ciento del total de las iniciativas que han quedado pendientes en las últimas tres legislaturas.
Iniciativas en materia de seguridad pública, según tema y Legislatura (1997-2006)
Tema |
Legislatura |
Total |
Porcentaje por rubro |
Porcentaje acumulado |
||
LVII |
LVIII |
LIX |
||||
|
||||||
6 |
3 |
9 |
18 |
28.6 |
28.6 |
|
1 |
2 |
10 |
13 |
20.6 |
49.2 |
|
3 |
-- |
8 |
11 |
17.5 |
66.7 |
|
3 |
1 |
5 |
9 |
14.3 |
81.0 |
|
1 |
-- |
2 |
3 |
4.8 |
85.7 |
|
|
2 |
1 |
3 |
4.8 |
90.5 |
|
1 |
1 |
-- |
2 |
3.2 |
93.7 |
|
-- |
-- |
2 |
2 |
3.2 |
96.9 |
|
-- |
-- |
2 |
2 |
3.2 |
100.0 |
|
Total |
15 |
9 |
37 |
63 |
100.0 |
|
Fuente: Elaboración propia con base en la información del apartado “Desempeño de la comisión”, de la ficha temática Seguridad Pública del CESOP. Disponible en www.diputados.gob.mx/cesop/.
Los temas a) y c) corresponden directamente con los objetivos que animaron la creación, en 1995, del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) y que dieron origen a nuevas estrategias e instituciones en esta materia.
La presencia de los aspectos del inciso b, “aplicación de penas y readaptación de sentenciados”, coincide con la alta presencia que tienen éstos en los medios informativos. Entre otras cosas, los medios han destacado los rezagos que enfrentan actualmente los centros penitenciarios, tales como saturación y hacinamiento de internos, ineficacia para lograr o promover la readaptación de los sentenciados y, entre otros, operación en su interior de diversas bandas delictivas.
Las iniciativas incluidas en el inciso d), modificación a los procedimientos penales, son un instrumento básico para la procuración e impartición de justicia. En este caso hay que precisar que muchas iniciativas que caen en este rubro son turnadas y procesadas por otras comisiones de esta Cámara.
Cuadro 2
Iniciativas en materia de seguridad pública, según ley que se propone modificar y tema (1997-mayo de 2006)
|
Coordinación entre las autoridades |
Aplicación de penas y readaptación de sentenciados |
Prevención del delito |
Modificaciones al proceso penal |
Otros |
Total general |
% |
|
|
||||||
Reformas a la Constitución |
4 |
2 |
3 |
3 |
3 |
15 |
24.6 |
Creación de leyes nuevas |
2 |
3 |
2 |
4 |
3 |
14 |
23.0 |
Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública |
6 |
-- |
4 |
-- |
3 |
13 |
19.7 |
Ley que Establece las Normas Mínimas para la Readaptación de Sentenciados |
-- |
6 |
-- |
-- |
-- |
6 |
9.8 |
Código Penal |
-- |
1 |
1 |
1 |
1 |
4 |
6.6 |
Código de Procedimientos Penales |
1 |
-- |
-- |
1 |
-- |
2 |
3.3 |
Ley de la Policía Federal Preventiva |
1 |
-- |
1 |
-- |
-- |
2 |
3.3 |
Otros |
4 |
1 |
-- |
-- |
2 |
7 |
9.7 |
Total general |
18 |
13 |
11 |
9 |
12 |
63 |
100.0 |
Fuente: Elaboración propia con base en la información del apartado “Desempeño de la comisión”, de la ficha temática Seguridad Pública del CESOP. Disponible en www.diputados.gob.mx/cesop/.
El cuadro número 2 presenta las leyes que han sido objeto de un mayor número de iniciativas en materia de seguridad pública durante el periodo 1997-mayo de 2006. De acuerdo con la información ahí desglosada, los tres rubros más importantes son las propuestas que tienen por objeto modificar a la Constitución (25 por ciento), la creación de nuevas leyes (23 por ciento) y modificaciones a la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública (20 por ciento). A continuación se presenta una descripción de los temas que se han incluido en cada uno de los rubros hasta aquí señalados.
a) Coordinación entre las autoridades para la prevención y el combate a la delincuencia
En este rubro es posible identificar tres líneas de trabajo:
i) Iniciativas para dotar de mayor fuerza vinculante a las acciones y acuerdos del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
En esta línea se detectaron tres iniciativas, todas ellas elaboradas durante la presente Legislatura. El diputado Fernando Pérez Guzmán propuso dotar de obligatoriedad a los convenios de coordinación derivados del Sistema Nacional de Seguridad Pública suscritos por entidades federativas; en tanto que la diputada Antonia García Sanjinés elaboró una iniciativa con el propósito de sancionar a la Federación, los estados, el gobierno del Distrito Federal y los municipios que no cumplan con lo establecido en los convenios de operación a los que obliga esta ley.
Por último, en esta línea de trabajo, la diputada Patricia Garduño Morales propuso una iniciativa más amplia. Entre otras cosas, se pronunció a favor de dotar al Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública con la facultad de denunciar ante la autoridad correspondiente a los servidores públicos responsables de inscripción en los registros Nacional de Personal de Seguridad y Nacional de Auxiliares de Seguridad cuando éstos no hayan cumplido con su obligación, la retrasen o exista negligencia respecto a la información proporcionada.
ii) Ampliar y optimizar los registros del SNSP
En esta línea de trabajo existen cuatro propuestas. Tres de ellas mantienen su vigencia. La primera tiene el propósito de crear el Registro Público Estatal de Vehículos. Esta iniciativa complementa el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (1 de septiembre de 2004), con el cual se crea el Registro Público Vehicular.
Las otras dos iniciativas, elaboradas en esta Legislatura, se proponen crear un padrón de personas que hayan sido declaradas responsables de algún delito y que se encuentren cumpliendo alguna condena judicial. Estas iniciativas modificarían el actual Sistema de Información Nacional en Materia de Seguridad Pública y le concederían un mayor sustento jurídico.
iii) Reorganización de las autoridades competentes en materia de seguridad pública.
En esta línea de trabajo es posible identificar 11 diferentes iniciativas, de las cuales tres tienen el propósito de otorgar facultades a la Cámara de Diputados para nombrar a los titulares de la PGR y de la CNDH y una más propone eliminar las facultades de la Secretaría de Gobernación para intervenir en la administración, control y seguimiento de la Policía Federal Preventiva.
Otras tres iniciativas corresponden a la LVII Legislatura y se refieren a temas que aún siguen vigentes: uno, dar al Distrito Federal la calidad de estado, a fin de que asuma cabalmente sus responsabilidades en el ámbito del Sistema Nacional de Seguridad; dos, la desmilitarización de los cuerpos de seguridad pública; y tres, frente a la diversidad de legislaciones que existen en las entidades federativas del país, se propone un tratamiento común a todos los delitos competencia del SNSP.
Una iniciativa, presentada en febrero de 2006, propone reformas a la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal para establecer procedimientos similares a un sistema de carrera: estipular como requisito para ser policía contar con estudios mínimos de preparatoria, así como realizar evaluaciones semestrales y cursos de capacitación y adiestramiento.
De las otras tres iniciativas que complementan esta línea de trabajo, una se refiere, de manera general, a la necesidad de involucrar al SNSP en el combate a la delincuencia organizada; la segunda, ya elaborada en esta Legislatura, tiene el propósito de facultar al ministerio público para solicitar información de las empresas ligadas a las vías generales de comunicación en casos de secuestro y de delincuencia organizada.
Por último, existe una iniciativa creada y aprobada por la Cámara de Diputados, que tenía el propósito de incluir a un representante del Legislativo en el Consejo Nacional de Seguridad Pública, pero que fue rechazada por el Senado de la República.
b) Aplicación de penas y readaptación de sentenciados
Sobre este tema, como ya se explicó líneas arriba, existe un total de 13 iniciativas, de las cuales 10 fueron elaboradas en la presente Legislatura y el resto en las dos Legislaturas anteriores. En general, estas propuestas tienen diversas coincidencias en los siguientes tres aspectos:
i) Lograr la readaptación social de los sentenciados
Las iniciativas analizadas se proponen crear condiciones carcelarias más humanas que tengan como base la reparación del daño a través del trabajo comunitario y productivo, así como la responsabilidad de capacitar y educar al sentenciado; otorgar atención psicológica a los sentenciados; ofrecer tratamiento efectivo a quienes padezcan VIH-SIDA; así como ofrecer mejores condiciones a quienes están esperando sentencia.
ii) Fortalecer los sistemas de administración
Para ello, los legisladores han propuesto iniciativas para fomentar la capacitación del personal de reclusorios, ampliar el número de integrantes de los Consejos Técnicos y obligar por ley al personal penitenciario a cursar diplomados de formación y de actualización académica.
iii) Atención a casos particulares
Existe una iniciativa para reformar al penal “Islas Marías” y favorecer, con ello, un crecimiento económico autosostenido en condiciones de armonía con el medio ambiente. Además, hay que destacar que en la comisión ya existe una minuta del Senado que, de ser aprobada por los diputados, expediría una nueva ley denominada Ley Federal de Ejecución de Sanciones Penales.
Esta minuta corresponde a una iniciativa impulsada por el Ejecutivo Federal y que corresponde a sus líneas estratégicas básicas del programa de Seguridad Pública 2000-2006, dirigida a reestructurar integralmente el sistema penitenciario federal. En el Senado fue aprobada el 20 de junio de 2005.
Es muy probable que esta propuesta de ley centre la atención de la comisión en este tema. De hecho, entre las iniciativas pendientes en la Comisión existen tres que también tienen el propósito de elaborar un nuevo marco legal completo en esta materia. Se trata de las iniciativas de los diputados Luis Maldonado, para crear la Ley de Ejecución de Penas y Readaptación Social de Sentenciados; de Lizbeth Rosas Montero, para crear la Ley Federal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad; y de Amador Rodríguez Lozano, de la Legislatura anterior, para crear el Código Federal de Ejecución de Sentencias.
En este rubro se identificaron once diferentes iniciativas, de las cuales ocho corresponden a la actual Legislatura y el resto a las dos anteriores. Al realizar un análisis sobre las líneas de trabajo que se derivan de estas propuestas de ley, destaca el propósito coincidente en siete de ellas a fin de crear o ampliar los espacios institucionales para el estudio del fenómeno delictivo, la definición de políticas integrales de prevención y el seguimiento sobre el comportamiento de las autoridades competentes en la materia.
Estas iniciativas proponen, entre otras cosas, la creación de los siguientes instrumentos institucionales:
i) Una comisión especializada para el estudio de incidencias delictivas en el SNSP. Dicha propuesta fue elaborada por el diputado Fernando Guzmán Pérez durante la actual Legislatura.
ii) Consejo Nacional de Prevención del Delito y Conductas Antisociales, que se encargaría de definir los lineamientos para el establecimiento de políticas generales en materia de prevención operativa. Propuesta del diputado Heliodoro Díaz, durante la LIX Legislatura.
iii) Instituto Ciudadano para la Prevención Social del Delito y la Seguridad Pública, diseñado como organismo público con autonomía técnica y de gestión, integrado por un Consejo Ciudadano, quien sería la máxima instancia en la toma de decisiones políticas que permita establecer los mecanismos de control, verificación y evaluación de las actividades, programas y funciones de la Secretaria de Seguridad Pública Federal. Esta iniciativa fue propuesta por la diputada Lizbeth Rosas Montero en la presente Legislatura.
iv) Instituto Nacional contra la Delincuencia, que tendrá a su cargo analizar el desempeño de las autoridades contra la delincuencia y que obligaría al ministerio público y a las policías federales y estatales a proporcionar al Instituto la información que se solicite y a poner en marcha las acciones que les sugiera.
v) Cultura de la prevención promovida desde el SNSP. Esta propuesta de ley, elaborada también por la diputada Rosas Montero, se propone fomentar dicha cultura y crear la Conferencia de Legisladores en Materia de Seguridad Pública.
vi) Reformas constitucionales para expresar explícitamente que el diseño y funcionamiento del SNSP tendrá como base un concepto integral de política criminológica, que privilegie las medidas preventivas y la responsabilidad de las instituciones de la seguridad pública.
vii) Reformas a la Ley General que Establece las Bases del SNSP, a fin de crear un capítulo específico que regule las acciones que en materia de prevención deben realizar las instancias que participan en este Sistema.
Otras dos iniciativas en este rubro están dirigidas a modificar diversos mecanismos de funcionamiento de la Policía Federal Preventiva. Ambas realizadas durante la LIX Legislatura, la primera tiene el propósito de dotar a este cuerpo policíaco de facultades para investigar y prevenir los delitos en los tres niveles de gobierno; la segunda pretende prohibir a los elementos de la PFP utilizar, en horas de servicio, medios móviles de comunicación personal.
Las otras dos iniciativas agrupadas en este rubro se refieren, la primera, a la necesidad de prevenir y combatir la explotación de menores y prohibir la difusión de imágenes en los medios masivos de comunicación que proyecten escenas denigrantes para los menores; la segunda, dirigida a tipificar delitos cometidos por medios informáticos, ha sido incluida en un dictamen elaborado por la Comisión de Justicia en esta materia.
d) Modificaciones al proceso penal
En este rubro se han incluido nueve iniciativas, de las cuales cinco corresponden a la actual Legislatura y cuatro a los dos anteriores.
Dentro de estas propuestas de ley destacan tres iniciativas propuestas por el diputado Luis Maldonado Venegas, las cuales tienen el propósito de reformar la Constitución y crear un Código Penal y un Código de Procedimientos Penales únicos para el país.
Por lo que se refiere a las garantías para víctimas y presuntos delincuentes, existe una iniciativa, del diputado Héctor Castañeda, quien propuso crear la Ley Reglamentaria de Garantías Constitucionales en Materia Penal y Otros Derechos Constitucionales, a fin de unificar los criterios que se aplican en todo el país en esta materia. Adicionalmente, la diputada Lenia Batres propuso, durante la LVII Legislatura, una iniciativa para regular las garantías de los sujetos a proceso.
Las otras cuatro iniciativas consideradas en este rubro se refieren a los procedimientos para el arraigo domiciliario, el combate y castigo al secuestro, la creación de la policía ministerial (para que ésta dependa jerárquicamente del MP) y el combate al tráfico de indocumentados.
El pasado 12 de diciembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto por el cual se modificó el artículo 18 de la Constitución, a efecto de estipular que la Federación, los Estados y el Distrito Federal establecerán, en el ámbito de sus competencias, un sistema integral de justicia aplicable a quienes, siendo menores de edad, comentan algún delito.
Este decreto, de acuerdo a sus artículos transitorios, entrará en vigor el 12 de marzo de 2006 y, a partir de esta fecha las autoridades competentes contarán con seis meses para crear las leyes e instituciones necesarias para la aplicación del mismo.
Sobre este tema, que resulta apremiante para la Comisión, existen ya tres iniciativas. Una elaborada durante la LVII Legislatura y las otras dos por los diputados en funciones. La primera se proponía reformas al artículo 18 constitucional; la segunda diversas reformas a las leyes vigentes en la materia para el DF y la Federación y la tercera, del diputado Luis Maldonado, propone la creación de una nueva Ley para el Tratamiento de Menores Infractores. Además, el 25 de abril de 2006 el Senado envió a la Cámara de Diputados una nueva minuta con el proyecto para expedir la Ley Federal de Justicia para Adolescentes, con la cual se crearía el Sistema Federal de Justicia para Adolescentes.[2]
f) Participación de la sociedad
Actualmente la integración del Consejo Nacional de Seguridad incluye la participación de la sociedad en los tres niveles de gobierno: federal, estatal y municipal. Sin embargo, existe una demanda constante por lograr una mayor participación e injerencia de la sociedad en las actividades de planeación y seguimiento de las acciones de seguridad pública.
En la Comisión existen tres iniciativas coincidentes en este propósito. En la actual Legislatura, el diputado Ernesto Alarcón propuso la creación del Instituto Nacional Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia; en tanto que en la Legislatura anterior el diputado Tomás Coronado propuso que el Consejo Nacional de Seguridad Pública fuera el encargado de promover la participación de los sectores social y privado, y el diputado Omar Fayad propuso castigar a quienes realicen llamadas falsas a los números de emergencia.
Durante la actual Legislatura, tal como se observa en el cuadro 1, la Comisión no ha recibido iniciativas en el rubro de combate a las adicciones. Hay que destacar, sin embargo, que el 28 de noviembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto, que adicionó un párrafo a la fracción XXI del Artículo 73 Constitucional, por el cual “las leyes federales establecerán los supuestos en que las autoridades del fuero común podrán conocer y resolver sobre delitos federales”.
Esta modificación abre la puerta a una mayor coordinación entre la federación y los estados en diversos ámbitos penales y, en particular, en el combate al narcomenudeo. Se inicia, además, una nueva vertiente de trabajo para la Comisión, en el propósito de analizar y adecuar las leyes secundarias al nuevo marco constitucional.
En este último rubro la Comisión de Seguridad Pública ha recibido dos iniciativas, ambas dirigidas a regular la competencia de las autoridades federales en los servicios de seguridad prestados por particulares. Una de ellas, enviada por la Asamblea Legislativa del DF, propone que empresas de seguridad privada sean reguladas única y exclusivamente por la Secretaría de Seguridad Pública Federal.
Habría que destacar que el Senado de la República envío a esta Cámara una minuta con un proyecto de decreto para expedir la Ley Federal de Seguridad Privada, la cual fue dictaminada por la Comisión de Seguridad Pública y aprobada en el pleno con modificaciones. El 27 de abril de 2006 el pleno del Senado aprobó dichas modificaciones, por lo cual fue enviada al ejecutivo para su publicación.
Iniciativas en materia de seguridad pública, según tema
Tema y Legislatura |
Proponente |
Proyecto legal |
Objetivo sustantivo |
|
|
||||
LIX |
Diputado Roger David Alcocer García, PRI |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. |
Crear un archivo criminal en el que aparezcan identificados, tanto los delincuentes, como las personas que hayan sido declaradas penalmente responsables por un órgano jurisdiccional sin conculcar garantías individuales y a partir del inicio de la compurgación de la pena correspondiente, lo que otorgaría certeza jurídica a las personas que habiendo sido procesadas, no fueron declaradas responsables de los hechos que se les imputaron. |
|
Coordinación entre las autoridades |
LIX |
Diputado Omar Bazán Flores (PRI) |
Proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 1, un numeral XI al artículo 2 y un artículo 3-Bis, de la Ley del Registro Público Vehicular. |
Establecer el Registro Público Estatal de Vehículos, como instrumento de control y registro de las Entidades Federativas, que otorgue seguridad pública y jurídica a los actos que se realicen con vehículos. |
Coordinación entre las autoridades |
LIX |
Diputado Javier Galván Guerrero, PRI. |
Que reforma el artículo 41 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. |
Establecer que la Secretaría de Seguridad Pública Federal integrará en coordinación con los tres niveles de Gobierno de los Estados de la Republica y del Gobierno del Distrito Federal, las bases de datos o padrones Nacionales de Información en Seguridad Pública de personas víctimas de delitos, de delincuentes o probables responsables de delitos, de bienes muebles e inmuebles involucrados en delitos y en general cualquier información que sirva para lograr los propósitos de la mejor detección y persecución de los delitos |
Coordinación entre las autoridades |
LVIII |
Diputado Reyes Antonio Silva Beltrán, PRI. |
Que expide la Ley General del Padrón de Inscripción Vehicular Nacional. |
Expide la Ley General del Padrón de Inscripción Vehicular Nacional. |
Coordinación entre las autoridades |
LIX |
Diputada María Antonia García Sanjinés, PAN. |
Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. |
Establece sanciones para la Federación, los Estados, el Gobierno del Distrito Federal y los municipios que no cumplan con lo establecido en los convenios de operación a los que obliga esta ley. |
Coordinación entre las autoridades |
LIX |
Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (PAN) |
Proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 41 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública y 225 del Código Penal Federal. |
Dotar de obligatoriedad a los convenios de coordinación en materia del Sistema Nacional de Seguridad Pública suscritos por Entidades Federativas, a fin de hacer eficaz la persecución del delito y disminuir los índices criminales. |
Coordinación entre las autoridades |
LIX |
Diputada Patricia Garduño Morales (PAN) |
Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. |
Se propone incorporar a los titulares de las Secretarías de Desarrollo Social y de Educación al Consejo Nacional de Seguridad Pública, partiendo de la premisa de que el problema de inseguridad pública es multifactorial, por lo que su abatimiento también está relacionado con las estrategias de desarrollo social y humano implementadas por el Estado, así como con la política educativa y no exclusivamente con la política criminal; otorgar al Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública la facultad de denunciar ante la autoridad correspondiente a los servidores públicos responsables de inscripción en los registros cuando estos no hayan cumplido con su obligación, la retrasen o exista negligencia respecto a la información proporcionada tanto al Registro Nacional de Personal de Seguridad como al Registro Nacional de Auxiliares de Seguridad, para que sean sancionados de conformidad con lo establecido en las leyes orgánicas de la administración pública, federal o local, según corresponda; por otra parte se prevé que el servicio de comunicación que se contempla en el artículo 48 de la ley vigente, se brinde a través de un Número Único de Emergencia en todo el país, a través del cual la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios reciban los reportes de la comunidad que les correspondan, sobre emergencias, faltas y delitos de que tenga conocimiento. |
Coordinación entre las autoridades |
LVII |
Diputado Victorio Rubén Montalvo Rojas. |
De Ley de Seguridad Pública para el Distrito Federal. |
Se propone actualiza esta ley conforme a los cambios que hizo al Constituyente Permanente a los artículos 21 y 73, fracción XXIII, de la Constitución para crear el sistema nacional de seguridad pública, y al 122, para dar otra condición constitucional al Gobierno del Distrito Federal; y de acuerdo a la Ley General que Establece las Bases del Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. |
Coordinación entre las autoridades |
LVII |
Diputada Guadalupe Sánchez Martínez, PRD. |
De decreto que adiciona el párrafo quinto del artículo 21 constitucional. |
Propuesta de Iniciativa para la Desmilitarización de la Seguridad Pública. |
Coordinación entre las autoridades |
LVII |
Diputado Héctor Francisco Castañeda Jiménez, PRI. |
De Ley Reglamentaria de los párrafos cuarto y quinto del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo que se refiere a medidas concretas de Seguridad Pública. |
Para favorecer un tratamiento uniforme o igualitario en relación a los delitos en los que interviene el Sistema Nacional de Seguridad Pública, dada la diversidad de legislaciones penales y procesales y de leyes orgánicas del Ministerio Público -federales y locales. |
Coordinación entre las autoridades |
LVIII |
Diputada Hortensia Aragón Castillo (PRD), suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial para el Seguimiento de las Investigaciones de los Homicidios de Mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua. |
Que reforma el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 2 del Código Federal de Procedimientos Penales y el artículo 4 de la Ley que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y modifica diversos artículos de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada |
Señala que debe haber coordinación entre los tres niveles de gobierno para combatir la delincuencia organizada. |
Coordinación entre las autoridades |
LIX |
Diputado Jorge Uscanga Escobar, PRI. |
Con proyecto de decreto, que reforma el artículo 122 y adiciona un tercer párrafo al artículo 571 de la Ley de Vías Generales de Comunicación. |
Introducir en el artículo 122 el Ministerio Público como autoridad competente para solicitar y recibir información de las empresas de vías generales de comunicación. Además, establecer que, tratándose de la petición de información por parte del Ministerio Público, en el caso de los delitos de secuestro, de los relativos a la delincuencia organizada u otros con persona detenida y sujeta a investigación ministerial, la respuesta se produzca en un plazo no mayor de 24 horas. Y, finalmente, que a las sanciones que establece el artículo 571 se adicione una más para el caso de incumplimiento de las peticiones de información de las autoridades competentes, incluido desde luego el Ministerio Público. |
Coordinación entre las autoridades |
LIX |
Diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, PRI. |
Que reforma los artículos 5 y 6 de la Ley de la Policía Federal Preventiva. |
Eliminar las facultades de la Secretaría de Gobernación para intervenir en la administración, control y seguimiento de la PFP. |
Coordinación entre las autoridades |
LIX |
Diputada Norma Patricia Saucedo Moreno, PAN |
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal. |
Establecer como requisito para ingresar a la policía del DF el contar con estudios mínimos de preparatoria; realizar una evaluación del desempeño de los policías por lo menos una vez cada seis meses y establecer como un derecho de los mismos el de recibir la capacitación y adiestramiento necesarios para ser un policía de carrera, y en su caso, recibir el apoyo para continuar sus estudios de nivel superior. |
Coordinación entre las autoridades |
LVII |
Senadora Ana Rosa Payán, PAN. |
Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 3, 6, 8, 9, 10, 14, 15, 17, 18, 52 y 75 de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos. |
Propone que el titular de la CNDH sea nombrado por la Cámara de Diputados y que aquellos funcionarios que no acaten una recomendación expliquen ante esta misma Cámara las razones de su negativa. |
Coordinación entre las autoridades |
LVII |
Diputada María Guadalupe Sánchez Martínez, PRD. |
Que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. |
Propone que el procurador de la República sea electo por la Cámara de Diputados, a propuesta del Presidente de la República, y ratificado por el Senado. |
Coordinación entre las autoridades |
LVII |
Diputado Ricardo Cantú Garza, PT. |
De decreto de adiciones y reformas a los artículos 74, 76, 79, 89 y 102 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativos al nombramiento del Procurador General de la República. |
El propósito es que sea facultad exclusiva de la Cámara de Diputados designar, de entre una terna que ésta integrará, al Procurador General de la República y otorgarle a este funcionario autonomía en su desempeño. |
Coordinación entre las autoridades |
LVIII |
Diputado Omar Fayad Meneses, PRI. |
Que adiciona una fracción IX al artículo 12 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para incluir una representación del Congreso al Consejo Nacional de Seguridad Pública. |
Integra una representación del Congreso de la Unión al Consejo Nacional de Seguridad Pública.
[Regresar] |
LIX |
Maximino Alejandro Fernández Avila (PVEM) |
Proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. del Estatuto de las Islas Marías. |
Establecer en la colonia penal “Islas Marías” el cambio social, gradual, así como el crecimiento económico autosostenido en condiciones de armonía con el medio ambiente. |
|
Aplicación de penas y readaptación de sentenciados |
LIX |
Diputado Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña, PAN. |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, y de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal, en materia de Fuero Común y para toda la República en materia de Fuero Federal. |
Modificar los ordenamientos jurídicos en la materia con el objeto de que la pena corporal sea la readaptación de los delincuentes y menores infractores a través del tratamiento social, con base en el desarrollo de la cultura física y el deporte y la orientación en materia de adicciones, educación sexual, prevención de enfermedades de transmisión sexual y sida, sumadas éstas a los elementos ya establecidos en dichos ordenamientos y encaminadas todas a evitar que la persona vuelva a delinquir. |
Aplicación de penas y readaptación de sentenciados |
LIX |
Diputado Quintín Vázquez García, PRI. |
Que reforma y adiciona el artículo 9 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. |
Modificar los Consejos Técnicos de los Reclusorios que actualmente ya contempla la ley, a fin de darles un carácter multidisciplinario e integrar en su composición a un representante de la Comisión Nacional o Estatal de los Derechos Humanos. Además de este representante, dichos consejos estarían integrados por los miembros de superior jerarquía del personal directivo, administrativo, técnico y de custodia, una trabajadora social, un médico en representación de las instituciones de salud, un licenciado o licenciada en educación, un representante de los colegios o barras de abogados, un licenciado o licenciada en psicología, todos ellos designados por el Ejecutivo del estado. |
Aplicación de penas y readaptación de sentenciados |
LIX |
Diputada Figueroa Romero Irma Sinforina (PRD) |
Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General de Educación, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de los Sentenciados. |
Otorgar certidumbre jurídica y tutela efectiva a los derechos de quienes padecen la enfermedad de Inmunodeficiencia adquirida VIHS, garantizando su tratamiento oportuno y efectivo. |
Aplicación de penas y readaptación de sentenciados |
LIX |
Diputado Jorge Uscanga Escobar (PRI) |
Proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 5 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. |
Promover la actualización del personal penitenciario con en base a procedimientos de estudio y evaluación. |
Aplicación de penas y readaptación de sentenciados |
LIX |
Diputado Angel Pasta Muñuzuri, PAN. |
Que reforma el artículo 11 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. |
Para establecer la obligación de otorgar a los internos educación por parte de Estado. |
Aplicación de penas y readaptación de sentenciados |
LIX |
Diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, PRI. |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. |
Para hacer congruente esta Ley con la Convención contra la tortura y otros tratos penales crueles, inhumanos o degradantes suscrita por el titular del Poder Ejecutivo federal el 9 diciembre de 1975. |
Aplicación de penas y readaptación de sentenciados |
LIX |
Diputado Luis Maldonado Venegas, Convergencia. |
Proyecto de Ley de Ejecución de Penas y Readaptación Social de Sentenciados. |
Crear condiciones carcelarias más humanas que tengan como base la reparación del daño a través del trabajo comunitario y productivo, así como la responsabilidad de capacitar y educar al sentenciado para incrementar sus conocimientos, generar ingresos con su trabajo y reintegrarlo a la sociedad, después de cubrir a la víctima el monto de los daños causados con su conducta. Actualmente la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, está alejada de este propósito porque no facilita una integral readaptación social y ejecución de las sanciones |
Aplicación de penas y readaptación de sentenciados |
LIX |
Diputada Lizbeth Eugenia Rosas Montero (PRD) |
Proyecto de decreto que crea la Ley Federal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad. |
Contar con un marco jurídico que integre reglas y criterios eficaces que señale las bases mínimas de seguridad, orden y legalidad en las que deben permanecer los procesados en espera de sentencia. |
Aplicación de penas y readaptación de sentenciados |
LIX |
Diputado Pablo Alejo López Núñez, PAN. |
Que reforma el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de sistema penitenciario de readaptación social. |
Se propone organizar el sistema penitenciario con base en los principios de readaptación social y establecer un sistema de justicia penal para adolescentes, así como instituciones y procedimientos para el tratamiento de los mismos. |
Aplicación de penas y readaptación de sentenciados |
LVII |
Diputada Gloria Lavara Mejía, PVEM. |
Que reforma el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Para establecer como obligatorio el trabajo a los reos en el interior de los centros de readaptación. |
Aplicación de penas y readaptación de sentenciados |
LVIII |
Diputado Manuel Arturo Narváez Narváez, PAN. |
Que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley que Establece las Reglas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados, en materia de ejecución de sanciones, prevención y readaptación social. |
Reforma el Código Penal Federal para sustituir el nombre de Dirección General de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social por el de Órgano administrativo Prevención y Readaptación Social, dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública. |
Aplicación de penas y readaptación de sentenciados |
LVIII |
Diputado Amador Rodríguez Lozano, PRI. |
De Código Federal de Ejecución de Sentencias. |
Expide el Código Federal de Ejecución de Sentencias. [Regresar] |
LIX |
Diputada Lizbeth Rosas Montero, PRD. |
Que reforma diversos artículos de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. |
Establecer en la ley las condiciones necesarias para elaborar, diseñar, desarrollar y ejecutar las políticas públicas tendentes a promover activamente desde el Estado una cultura de la prevención del delito; así como para crear la Conferencia de Legisladores en Materia de Seguridad Pública. |
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Prevención del delito |
LIX |
Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (PAN) |
Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 13 de la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. |
Proveer al Sistema Nacional de Seguridad Pública de una Comisión para el estudio especializado de las incidencias delictivas. |
Prevención del delito |
LIX |
Diputado Heliodoro Díaz Escárcega, PRI. |
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. |
Propone la creación del Consejo Nacional de Prevención del Delito y Conductas Antisociales, que se encargará, entre otras cosas, de los lineamientos para el establecimiento de políticas generales en materia de prevención operativa, situacional, cultural y social del delito y conductas antisociales. |
Prevención del delito |
LIX |
Diputada Lizbeth Rosas Montero, PRD |
Ley del Instituto Ciudadano para la Prevención Social del Delito y la Seguridad Pública. |
Crear el Instituto Ciudadano para la Prevención Social del Delito y la Seguridad Pública se como organismo público con autonomía técnica y de gestión al servicio de la sociedad, integrado por un Consejo Ciudadano, quien será la máxima instancia en la toma de decisiones políticas que permita establecer los mecanismos de control, verificación y evaluación de las actividades, programas y funciones de la Secretaria de Seguridad Pública Federal. |
Prevención del delito |
LIX |
Diputado José Sigona Torres, PAN |
Que adiciona diversas disposiciones a la Ley General que Establece las Bases del Sistema Nacional de Seguridad Pública. |
Crear en esta ley un capítulo que se ocupe específicamente de regular las acciones que en materia de prevención del delito deben realizar las instancias de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. |
Prevención del delito |
LVII |
Diputado Héctor F. Castañeda Jiménez, PRI. |
Que adiciona una fracción XXXI, al artículo 73 y el apartado C, al artículo 102, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Crea el Instituto Nacional contra la Delincuencia, que tendrá a su cargo el análisis el desempeño de las autoridades contra la delincuencia. Señala que las instituciones del Ministerio Público en el ámbito federal y local, y todas las corporaciones de policía federales y locales, estarán obligadas a proporcionar al Instituto la información que se solicite y a implementar las acciones que les sugiera el Instituto. |
Prevención del delito |
LVII |
Diputado Jorge López Vergara, PAN. |
De reformas al artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Seguridad Pública. |
A fin de que quede claramente expresado que el Sistema Nacional de Seguridad Pública se base en un concepto integral de política criminológica que privilegie las medidas preventivas y que el concepto de prevención del delito sea la base esencial en la actuación y la responsabilidad de las instituciones de la seguridad pública |
Prevención del delito |
LVII |
Diputada Gloria Lavara Mejía, PVEM. |
De Ley de Prevención, Atención y Combate a la Explotación, Abuso, Maltrato y Prostitución de Menores. |
Tienen por objeto prevenir, atender y combatir la explotación, abuso, maltrato y prostitución de menores, así como la prohibición de la difusión de imágenes en los medios masivos de comunicación que proyecten ese mismo tipo de conductas de violencia, maltrato y abuso de menores que conlleve a la apología de las mismas. |
Prevención del delito |
LIX |
Diputado Sheyla Fabiola Aragón Cortés (PAN) |
Proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y de la Ley de la Policía Federal Preventiva, en materia de delitos cibernéticos y de delitos contra menores. |
Tipificar las conductas de uso o disposición incorrectos de equipos o sistemas informáticos. |
Prevención del delito |
LIX |
Diputado Sergio Armando Chávez Dávalos, PRI. |
Que adiciona la fracción XI al artículo 12 de la Ley de la Policía Federal Preventiva. Presentada por el |
Prohibir a los elementos de la PFP utilizar, en horas de servicio, medios móviles de comunicación personal conocidos o por conocerse, debiéndose sujetar su comunicación única y exclusivamente a los mecanismos, medios y aparatos que para tal efecto le sean entregados de manera oficial y como parte de sus implementos de servicio. |
Prevención del delito |
LIX |
Cuauhtémoc Ochoa Fernández (PVEM) |
Proyecto de decreto que reforma el párrafo quinto del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se reforman el párrafo segundo del artículo 1, y la fracción uno de los artículos 4 y 6 de la Ley de la Policía Federal Preventiva. |
Determinar que la Policía Preventiva, en sus tres niveles de gobierno, tenga la facultad de investigación y de prevención de los delitos, a fin de combatir y abatir la criminalidad. [Regresar] |
LIX |
Diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, PAN. |
Que reforma diversos artículos del Código Federal de Procedimientos Penales y el artículo 12 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en materia de arraigo |
Precisar al arraigo como "domiciliario"; y limitar su aplicación sólo a presuntos responsables, sin incluir testigos ni víctimas u ofendidos por el delito. |
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Modificaciones al proceso penal |
LIX |
Diputado Jorge Uscanga Escobar, PRI. |
Con proyecto de Ley de Coordinación Contra el Secuestro. |
Establecer las bases de coordinación y colaboración entre la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios y reglas para la investigación, persecución, procesamiento, sanción y ejecución de las penas, por el delito de secuestro. Impulsar la celebración de convenios generales de coordinación y colaboración, para que las autoridades encargadas directamente del combate al secuestro actúen de manera coordinada y simultánea, independientemente del ámbito de competencia en el conocimiento de los hechos delictivos, con absoluto respeto a la soberanía de los estados. |
Modificaciones al proceso penal |
LIX |
Diputado Luis Maldonado Venegas Convergencia. |
Código Penal Único |
Establecer un Código Penal Único, cuyo ámbito de aplicación sea todo el país. Considera como regla general es que los delitos sean del fuero común y, en forma excepcional, del fuero federal. |
Modificaciones al proceso penal |
LIX |
Diputado Luis Maldonado Venegas Convergencia. |
Código de Procedimientos Penales. |
Establecer un Código de Procedimientos Penales único, con la finalidad es fortalecer las estructuras judiciales locales y federales y simplificar la función de los órganos estatales encargados de prevenir el delito y procurar y administrar justicia. También se propone integrar un solo frente de todas las autoridades ejecutivas y judiciales de los órdenes estatales y federal y contar con una legislación común. |
Modificaciones al proceso penal |
LIX |
Diputado Luis Maldonado Venegas Convergencia. |
Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 16, párrafos cuarto, quinto y sexto; 20, fracciones III y VI del apartado A), y fracciones I, II y IV del apartado B); se adicionan los párrafos segundo, tercero y cuarto del artículo 21; se reforma la fracción XXI y se le adiciona un segundo párrafo al artículo 73; se reforma el tercer párrafo del artículo 102 y la fracción V, incisos h) e i), del apartado C), Base Primera, del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prevención del delito, procuración, administración de justicia y readaptación social. |
Integrar en un sólo cuerpo legislativo armónico, sistemático y estructurado cambios en el orden penal vigente, con el propósito de hacer más eficiente el servicio a la comunidad y el combate a la delincuencia y la injusticia. También se propone definir criterios sustantivos y adjetivos, a fin de expedir para toda la República un nuevo Código Penal Único y un nuevo Código de Procedimientos Penales también único, a fin de facilitar la coordinación de las autoridades en todo el territorio nacional y consolidar un solo frente en la lucha contra la delincuencia, sin que se altere el ejercicio de la acción penal, según la competencia territorial. |
Modificaciones al proceso penal |
LVII |
Diputado Héctor Castañeda Jiménez, PRI, a nombre de diputados de Jalisco, integrantes del grupo parlamentario del PRI. |
De Ley Reglamentaria de Garantías Constitucionales en Materia Penal y Otros Derechos Constitucionales. |
Tiene el propósito de regular para todo el país, las siguientes garantías: a) garantía relacionada con los requisitos para librar una orden de aprehensión o para decretar un auto de formal prisión, consistentes en la acreditación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad penal.; b) garantía relacionada con la detención sin orden de autoridad judicial, que solamente procede en los casos urgentes y en delito flagrante; c) garantía de ampliación del plazo con que cuenta la autoridad judicial del orden penal para resolver la situación jurídica del inculpado; d) Garantía relacionada con la certeza que debe tener el auto de formal prisión para los efectos de la fase de instrucción; e) Garantía relacionada con los casos en que se puede negar el derecho a la libertad provisional bajo caución a petición del Ministerio Público; f) garantía relacionada con la impugnación de las resoluciones de no ejercicio de la acción penal y desistimiento de la acción penal realizado por el Ministerio Público. |
Modificaciones al proceso penal |
LVII |
Diputada Silvia Oliva Fragoso, PRD. |
De decreto que reforma y adiciona la palabra Ministerial a la palabra Policía del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
A efecto de dar claridad y transparencia a la actividad como jefe inmediato de esta policía al Ministerio Público y asimismo orillar a esta institución a que se convierta, en verdad, en el jefe inmediato y que esté a cargo de esa policía. |
Modificaciones al proceso penal |
LVII |
Diputada Lenia Batres Guadarrama, PRD. |
Proyecto de decreto que reforma la fracción I del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para eliminar la peligrosidad social. |
Señala que en todo proceso del orden penal el inculpado tendrá, entre sus garantías: el derecho a que el juez le otorgue la libertad provisional bajo caución, siempre y cuando no se trate de delitos en que, por su gravedad, la ley expresamente prohíba conceder este beneficio. |
Modificaciones al proceso penal |
LVIII |
Diputada Patricia Aguilar García, PRI. |
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Población, del Código Penal Federal y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, respecto del régimen penal para el tráfico de indocumentados. |
Remueve como requisito de procedibilidad la querella en casos de tráfico de indocumentados, permitiendo al Ministerio Público de la Federación actuar de oficio. Incrementa las penas a quienes se dedican al traslado ilegal de mexicanos o extranjeros, con propósito de tráfico. [Regresar] |
LIX |
Diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, PRI. |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal. |
Esta iniciativa tiene tres propósitos:1) Establecer que la Secretaria de Seguridad Pública, con base en la fracción XXV del artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es la responsable de administrar el sistema federal para el tratamiento de menores infractores y que por ende esta tarea de ningún modo ejerce la Secretaría de Gobernación.2) Estipular explícitamente la obligación del Consejo de Menores de tratar con respeto y no discriminar a las personas menores de 18 años con algún impedimento físico o mental; y 3) Que los servidores públicos dependientes del Consejo de Menores sean sujetos de aplicación de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y no de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y que el órgano de control interno o la Secretaría de la Función Pública agote el procedimiento idóneo en el caso concreto e imponga la sanción administrativa que en derecho corresponda. |
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Justicia para menores |
LIX |
Diputado Luis Maldonado Venegas, Convergencia. |
Proyecto de Ley para el Tratamiento de Menores Infractores. |
Consolidar un sistema de administración y procuración de justicia para menores infractores, sobre las bases de legalidad e integración social. El objetivo es establecer la prevención así como la procuración para menores, tanto de víctimas como infractores, tomando en cuenta factores como el desarrollo familiar, la educación permanente, el tratamiento psicológico y básicamente, un sistema de justicia que los libere de procedimientos tortuosos y que, tanto la víctima u ofendido como el probable responsable, tengan la misma posibilidad de recibir justicia mediante juicios breves, compactos y eficientes. |
Justicia para menores |
LVII |
Diputada Lenia Batres Guadarrama, PRD. |
De reformas al artículo 18, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionado con menores infractores. |
tiene por objeto determinar y amparar a los mexicanos menores de edad que incurran en violaciones a la normatividad prevista en nuestra legislación, como sujetos de un sistema de justicia penal especial, y determinar los criterios que deben seguir los estados al legislar en materia de menores infractores. [Regresar] |
LIX |
Diputado Ernesto Alarcón Trujillo, PRI |
Que reforma el artículo 49 de la Ley General Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. |
Propone crear el Instituto Nacional Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia, con las características de un organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios. |
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Participación de la sociedad |
LVIII |
Diputado Omar Fayad Meneses, PRI. |
Que adiciona un Capítulo IX al Título Décimo Tercero del Libro Segundo del Código Penal Federal, para sancionar conductas indebidas contra los sistemas de respuesta a llamadas telefónicas de urgencia. |
Señala que se impondrán de uno a seis meses de prisión, o de cincuenta a trescientos días multa, a quien, a sabiendas, realice o permita que desde cualquier teléfono bajo su control se realice una llamada obscena, o más de una llamada falsa a números de emergencia; así como a quien llame para dar un aviso falso de alarma de fuego, emergencia médica, comisión de delito, desastre natural o cualquier otra situación que genere la movilización, despacho o presencia del Cuerpo de Bomberos, personal de emergencias médicas, elementos de las corporaciones de seguridad pública, de las policías Judicial, Ministerial o Investigadora, o de elementos de las Fuerzas Armadas. |
Participación de la sociedad |
LVIII |
Diputado Tomás Coronado Olmos, PAN. |
Que reforma la denominación del Título Tercero y se adiciona un artículo 48 bis a la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para fortalecer la prevención del delito. |
Señala que el Consejo Nacional de Seguridad Pública deberá establecer mecanismos y procedimientos para fomentar la cultura preventiva de la ciudadanía, involucrar al sector público y promover la participación de los sectores social y privado; estudiar las conductas antisociales y los factores que las propician y elaborar programas de prevención del delito; promover la cooperación entre entidades federativas e instituciones nacionales e internacionales en materia de prevención del delito; impulsar actividades educativas, culturales, deportivas y recreativas tendientes a alejar al individuo de la comisión de conductas antisociales; realizar programas y actividades en ciudades, comunidades o colonias, que permitan una sana convivencia social y familiar que tiendan a la erradicación de delitos, entre otras funciones. VII. Poner en práctica acciones que permitan el acercamiento de los cuerpos de seguridad hacia la sociedad para mantener confianza en estos; VIII. Establecer en coordinación con las autoridades de educación pública y privada, programas dirigidos a los educandos, a fin de que éstos se desarrollen con un alto sentido de respeto a sus semejantes, basando su conducta en los más elevados valores morales; IX. Difundir en la sociedad, preceptos legales o reglamentos que permitan el conocimiento de derechos y obligaciones de gobernados y autoridades; X. Propiciar por los medios y mecanismos necesarios, una cultura de seguridad en la sociedad, instruyéndola para que ésta cuente con los conocimientos básicos y evitar sea víctima de ilícitos; XI. Realizar acciones tendientes al apoyo mutuo entre ciudadanos, para mejorar la seguridad en el entorno social; XII. Instrumentar proyectos tendientes a la profesionalización de los agentes del ministerio público, de los miembros de las instituciones policiales, del personal del sistema penitenciario y demás autoridades en materia de prevención del delito, promoviendo una mayor complementación entre estas instituciones y el ciudadano; XIII. Impulsar el apoyo de la sociedad hacia las corporaciones policiales, a través de acciones directas o de información oportuna que permitan la detección o prevención de ilícitos; XIV. Las demás que se consideren propia sociedad civil. [Regresar] |
LVII |
Diputada Lenia Batres Guadarrama, PRD. |
Con proyecto de Decreto que reforma los artículos 76, fracción I, y 89, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para otorgar al Senado de la República la facultad de aprobar los acuerdos, convenios y memoranda internacionales en materia de narcotráfico o de cualquier área de la seguridad nacional y de la seguridad pública. |
Otorga al Senado la facultad de aprobar los acuerdos, convenios y memoranda internacionales en materia de narcotráfico o de cualquier área de la seguridad nacional y de la seguridad pública. |
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Combate a las adicciones |
LVIII |
Diputado Amador Rodríguez Lozano. |
Que crea la Ley Federal para la Prevención y Rehabilitación de Adicción a Drogas; reforma los artículos 184 Bis y 191 de la Ley General de Salud; y adiciona el artículo 70 del Código Federal Penal. |
Crea la Ley Federal para la Prevención y Rehabilitación de Adicción a Drogas. [Regresar] |
LIX |
Diputada Cristina Portillo Ayala, PRD. |
Que reforma la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. |
Otorgar a la Federación, a los estados y al Distrito Federal, como una facultad coincidente, la supervisión, control y sanción cuando los servicios de seguridad privada que presten los particulares comprendan dos o más entidades federativas. |
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Seguridad privada |
LIX |
Asamblea Legislativa del Distrito Federal, III Legislatura. |
Que deroga diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal. |
Con la finalidad de que las empresas de seguridad privada sean reguladas única y exclusivamente por la Secretaría de Seguridad Pública Federal, y con base en el ordenamiento expedido por esta Asamblea Legislativa, logrando con ello un control más estricto de dichas empresas evitando con ello la duplicidad en la legislación en materia de seguridad privada. [Regresar] |
LIX |
Diputado Arturo Nahle García (PRD) |
Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, General de Protección Civil, de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, y General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. |
Facultar a la Secretaría de Seguridad Pública para organizar las políticas y programas en materia de protección civil, a fin de que la Coordinación General de Protección Civil, la Dirección General de Protección Civil, el Centro Nacional de Prevención de Desastres, y Unidades Administrativas que tengan a su cargo el ejercicio directo de tal actividad sean adscritas a la Secretaría de Seguridad Pública. |
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Otros |
LIX |
Diputado Guillermo Huízar Carranza, PRD. |
Ley que permite el uso de Vehículos de Procedencia Extranjera que hayan sido donados al Fisco Federal. |
Obligar a los tenedores de este tipo de vehículos para que universalmente donen estos vehículos al fisco federal, quien una vez documentada la donación obtendría y conservaría la propiedad de esos bienes muebles, y sólo permitiría su uso en las condiciones y con los requisitos que esta Ley establece. [Regresar] |
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[1] Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, Seguridad Pública, Cámara de Diputados, México, mayo de 2006, disponible en www.diputados.gob.mx/cesop/.
[2] Cámara de Diputados, Gaceta Parlamentaria, número 1996, 27 de abril de 2006.
[Citar como] Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, "Situación actual de la comisión legislativa", en Seguridad Pública [Actualización: 12 de junio de 2006], en www.diputados.gob.mx/cesop/