Antecedentes
La transición política en nuestro país ha generado cambios en la estructura y en el trabajo gubernamental, incluyendo el trabajo y organización al interior del Poder Legislativo. Las reglas que norman el funcionamiento de la Cámara de Diputados se han modificado a partir de la nueva distribución del poder al interior del Congreso desde 1997, puesto que ningún partido político cuenta con la mayoría absoluta de los representantes y se hace necesaria la negociación como medio para alcanzar el apoyo necesario para llevar a cabo las funciones depositadas en este poder.
La Cámara de Diputados, y en general el Congreso, es mucho más que un creador de leyes. En este Poder recaen funciones hacendarias, financieras, de carácter presupuestal, de fiscalización superior sobre el Ejecutivo, jurisdiccionales, de investigación sobre otros Poderes, de representación política y funciones políticas en general.[1] Para cumplir con todas estas funciones, es necesario que las distintas fuerzas políticas trabajen sobre acuerdos parlamentarios que les permitan lograr consensos.
El Congreso de la Unión regula sus facultades y funcionamiento interno por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,[2] la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento del Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Cuando la ley no es clara o existen lagunas, éstas pueden enmendarse a través de los acuerdos parlamentarios.
De esta manera, los reglamentos y prácticas parlamentarias son parte esencial en la vida de todo Congreso. La negociación política se vuelve parte fundamental de la creación de bases jurídicas que ayudan a la organización eficiente y eficaz del Congreso, donde se ven reflejadas las diferentes ideologías y compromisos de todos los legisladores, partidos y ciudadanos que representan.
En los inicios del régimen constitucional, el parlamento estaba organizado con la idea de una asamblea única, lo que hacía que el trabajo fuera lento y que el análisis de las iniciativas resultara superficial. El Parlamento francés fue el primero en sesionar en secciones; por esta razón se considera a Francia la cuna de las comisiones, aunque esta primera división del trabajo legislativo puede en realidad considerarse elemental.
Las secciones se utilizaban dentro del parlamento para dos cosas: hacer más fácil el análisis común de los textos y tener un primer debate sobre los proyectos legales; y también para darle la primera lectura a los proyectos. Ya para finales del siglo XIX y principios del XX nació el régimen de comisiones, como tal, en el Parlamento inglés.[3]
Con el tiempo, y los cambios políticos, sociales, económicos y culturales por los que atraviesa un país, el trabajo legislativo se volvió más complejo. Por esta razón se hizo necesario dividir al interior de las Cámaras las enormes cargas de trabajo: el medio han sido las comisiones.
En general la organización y funcionamiento de las comisiones se asemeja a las del pleno, ya que cada comisión cuenta con un presidente, un secretario (en algunos congresos más) y varios vocales o miembros, en donde todas las fuerzas políticas que forman parte del Congreso están representadas, además de que las decisiones dentro de la comisión son tomadas de manera colegiada. Por estas razones se puede decir que las comisiones son una especie de reproducción en miniatura del pleno.
Para Francisco Berlín Valenzuela, el trabajo en comisiones “es una forma más civilizada de actuación parlamentaria, por lo que las comisiones, desde sus antecedentes más lejanos, introdujeron en los parlamentos la racionalidad de la función legislativa, la especialización del conocimiento de los asuntos, la diversificación funcional de las actividades de las asambleas y, desde luego, la mediatización de las confrontaciones entre legisladores de partidos o grupos contrarios y dispuestos a todo”.[4]
Si el objetivo de los reglamentos y las prácticas parlamentarias es garantizar el orden, lograr consenso, eliminar lagunas legales y hacer más eficiente el trabajo legislativo, la formación de comisiones y su correcto funcionamiento es parte importante de la materia de estudio. En nuestro país, para hablar de la historia de las comisiones y la organización del Poder Legislativo en general, podemos remitirnos a los Reglamentos del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los cuales de 1813 a 1975 son los siguientes:[5]
· Reglamento para el Gobierno Interior de las Cortes de Cádiz, Decreto CCXIII de 4 de septiembre de 1813.
· Reglamento expedido por José María Morelos para la instalación, funcionamiento y atribuciones del Congreso. Chilpancingo 11 de septiembre de 1813.
· Reglamento para el Gobierno Interior de la Soberana Junta Provisional Gubernativa del Imperio Mexicano, 1821.
· Reglamento del Soberano Congreso Constituyente del 25 de abril de 1823.
· Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, 23 de diciembre de 1824.
· Disposiciones correlativas al Reglamento del Congreso General de 1824, Reglamento Interior del Congreso de la Unión presentado el 4 de diciembre de 1857 (Dictamen), Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, promulgado el 20 de diciembre de 1857.
· Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 20 de diciembre de 1897.
· Modificaciones al Reglamento Interior de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión realizadas por el Congreso Constituyente de 1916.
· Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Marzo de 1934.
Al estudiar dichos reglamentos se revela la constante de que cada uno de ellos es más complejo que el anterior. Asimismo, destaca que cada reglamento refleja dentro de su articulado el pensamiento y las problemáticas predominantes de su época.
Por ejemplo, el reglamento expedido por José María Morelos y Pavón en 1813 muestra al país inmerso en la lucha por la independencia. Por lo tanto, se entiende que en este Reglamento las funciones legislativas, la designación de los representantes, los temas más relevantes a estudiar y la manera de crear leyes, sean un tanto arbitrarias, y que temas como la organización interior del Congreso en comisiones, ni siquiera sean tomadas en cuenta. El punto central por el que crearon este el Congreso y su reglamento fue para elaborar y emitir el “decreto declaratorio de la independencia de esta América con respecto a la península española”.[6]
En la mayoría de los reglamentos subsiguientes sí existió una comisión con funciones análogas a la actual Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Como indica el siguiente cuadro, el primer antecedente apareció en el Reglamento para el Gobierno Interior de las Cortes de Cádiz con el nombre de “Comisión de Orden y Gobierno Interior del Edificio de las Cortes”, y a partir del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso la comisión recibió el nombre “de Reglamentos”.
El Reglamento del Gobierno Interior del Congreso General fue la base del trabajo legislativo, entre 1934 y 1979, hasta que se creó la Ley Orgánica del Congreso General. En su exposición de motivos, los legisladores (diputados y senadores de la L Legislatura) explicaron que el fin de esta ley era adecuar el trabajo y organización del Congreso a la nueva realidad del país.[7]
La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos representó un esfuerzo por parte de los miembros del Poder Legislativo para organizar y mejorar su trabajo. Ya desde la creación de los “diputados de partido”[8] y posteriormente con la llamada “Reforma Política” en 1977, había comenzado a gestarse un cambio político, cultural, electoral e institucional en el país. A partir de estas reformas el número de representantes populares pertenecientes a la “oposición” ha ido en aumento, por lo que fue necesario crear reglas claras dentro del Congreso que permitieran a todos los legisladores, sin importar su filiación partidista, desarrollar un trabajo en igualdad de condiciones.[9]
Al igual que el Reglamento para el Gobierno Interior, la Ley Orgánica ha sufrido diferentes reformas que reflejan los cambios por los que ha pasado el país, las diferentes maneras de afrontar los problemas e incluso la necesidad de transformarse como resultado de otras reformas, como las electorales, que han cambiado el contexto político, social y económico en el país. En 1999 el Congreso consideró necesario crear otra ley porque la existente se vio rebasada por la realidad y los acuerdos parlamentarios ya no eran suficientes para llenar las lagunas existentes en la Ley.
Las reformas a la Ley Orgánica que se presentan en este documento tienen relación directa con la creación o eliminación de comisiones al interior de la Cámara de Diputados. Y, al igual que en el Reglamento de Gobierno Interno, se observa que la organización del trabajo al interior de la Cámara de Diputados es un tema recurrente en las discusiones legislativas. A partir de 1999, con la nueva Ley Orgánica, las comisiones han sufrido una reestructuración importante, disminuyendo de 55 a 27 comisiones. Esta disminución partió de la idea de agrupar las comisiones que tuvieran temas en común o problemáticas similares.
Por ejemplo, las comisiones de Estudios Legislativos y Reglamentos y Prácticas Parlamentarias se unieron para quedar sólo como “Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias”. Esta comisión se ha mantenido de esta manera desde entonces. Sin embargo, otras comisiones como las de Ciencia y Tecnología, Educación, Cultura, Deporte y Corrección de Estilo se fundieron en 1999, para convertirse en la “Comisión de Educación Pública, Cultura y Ciencia y Tecnología”, pero con las modificaciones del año 2000 y 2003, ésta volvió a disgregarse en la “Comisión de Ciencia y Tecnología”, la “Comisión de Cultura” y la “Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos”[10]
Los cuadros que se presentan a continuación tienen como fin presentar una perspectiva de los diferentes reglamentos que han regido la vida interna del Poder Legislativo. El número y temas de las comisiones que forman parte de este cuerpo legislativo reflejan la forma de pensar y los problemas existentes de cada época, así como la manera en que el Legislativo trataba de afrontar o estudiar dichas problemáticas.
EVOLUCIÓN DE LAS COMISIONES EN LOS DIFERENTES REGLAMENTOS
DEL CONGRESO GENERAL DE 1813 A 1975*
Ley/Reglamento |
Fecha |
Comisiones** |
Reglamento para el Gobierno Interior de las Cortes de Cádiz |
Decreto CCXCIII de 4 de septiembre de 1813 |
1. Poderes 2. Legislación de Hacienda 3. Examen de casos en que haya lugar a responsabilidad de los empleados públicos por denuncia hecha a las Cortes e Infracción de la Constitución 4. Comercio 5. Agricultura, Industria y Artes 6. Instrucción Pública 7. Examen de Cuentas, y Asuntos Relativos a las Diputaciones Provinciales 8. Orden y Gobierno Interior del Edificio de las Cortes |
Reglamento expedido por José María Morelos para la Instalación, Funcionamiento y Atribuciones del Congreso |
Chilpancingo, 11 de septiembre de 1813 |
Discusiones y debates públicos. No se contemplan expresamente a las comisiones. |
Reglamento para el Gobierno Interior de la Soberana Junta Provisional Gubernativa del Imperio Mexicano
|
1821 |
1. Relaciones Interiores 2. Relaciones Exteriores 3. Justicia y Negocios Eclesiásticos 4. Hacienda 5. Guerra |
Reglamento del Soberano Congreso |
25 de abril de 1823 |
Permanentes: 1. Constitución 2. Legislación 3. Gobernación 4. Justicia 5. Relaciones Exteriores 6. Guerra y Marina 7. Negocios Eclesiásticos 8. Instrucción Pública 9. Hacienda 10. Agricultura 11. Minería 12. Artes e Industria 13. Comercio 14. Infracciones de Constitución 15. Libertad de Imprenta 16. Policía y Gobierno Interior 17. Peticiones Especiales: 1. Poderes 2. Patronato y Concordato 3. Moneda 4. Colonización o Población 5. Manifiesto Otra especial de Corrección de Estilo. |
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General |
23 de diciembre de 1824 |
1. Puntos Constitucionales 2. Gobernación 3. Relaciones Exteriores 4. Hacienda 5. Crédito Público 6. Justicia 7. Negocios Eclesiásticos 8. Guerra y Marina 9. Industria Agrícola y Fabril 10. Libertad de Imprenta 11. Policía Interior y de Peticiones |
Dictamen de la Comisión Especial del Congreso de la Unión nombrada para reformar el Reglamento Interior de la Cámara |
Presentado en la Sesión de 4 de diciembre de 1857 |
1. Puntos Constitucionales 2. Relaciones Exteriores 3. Examen de las Disposiciones Legislativas de los Estados 4. Gobernación 5. Libertad de Imprenta y Propiedad Literaria 6. Justicia 7. Negocios Eclesiásticos 8. Instrucción Pública 9. Guerra 10. Guardia Nacional 11. Marina 12. Fomento 13. Arreglo del Sistema General de Pesos y Medidas 14. Colonización 15. Industria Fabril 16. Agricultura 17. Comercio Extranjero 18. Comercio Interior 19. Legislación Mercantil 20. Minería 21. Establecimientos de Beneficencia 22. Hacienda 23. Crédito Público Exterior 24. Crédito Público Interior 25. Peticiones 26. Corrección de Estilo 27. Comisión de Policía Interior de La Cámara 28. Inspectora |
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos |
20 de diciembre de 1897 |
1. La Gran Comisión 2. Puntos Constitucionales 3. Relaciones Exteriores 4. Gobernación 5. Justicia 6. Instrucción Pública 7. Hacienda 8. Crédito Público 9. Guerra 10. Marina 11. Fomento 12. Comunicaciones y Obras Públicas 13. Peticiones 14. Inspectora 15. Secciones del Gran Jurado 16. Administración 17. Corrección de Estilo 18. Redacción del Diario de los Debates 19. Biblioteca y Archivo |
Modificaciones al Reglamento Interior de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión realizadas por el Congreso Constituyente de 1916 |
Sesión del 4 de diciembre de 1916 |
1. Gran Comisión 2. Puntos Constitucionales 3. Departamento Exterior 4. Departamento Interior 5. Instrucción Pública 6. Fomento 7. Comunicaciones y Obras Públicas 8. Justicia 9. Hacienda 10. Crédito Público 11. Guerra y Marina 12. Bellas Artes 13. Agraria 14. Salubridad 15. Comercio e Industria 16. Trabajo y Previsión 17. Minas 18. Petróleo 19. Peticiones 20. Administración 21. Corrección de Estilo 22. Redacción del Diario de los Debates 23. Imprenta 24. Archivo y Biblioteca 25. Reglamento 26. Inspectora del Gran Jurado 27. Poderes |
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos |
20 de marzo de 1934 |
1. Aguas 2. Aranceles y Comercio Exterior 3. Beneficencia 4. Bienes y Recursos Nacionales 5. Bosque, Caza y pesca 6. Colonización 7. Comercio Exterior e Interior 8. Corrección de Estilo 9. Correos y Telégrafos 10. Crédito, Moneda e instituciones de Crédito 11. Departamento del Distrito Federal 12. Economía y Estadística 13. Educación Pública 14. Ejidal 15. Fabriles 16. Ferrocarriles 17. Fomento Agrícola 18. Gobernación 19. Gran Comisión 20. Guerra 21. Impuestos 22. Industria Eléctrica 23. Industrias 24. Primera de Insaculación de Jurados 25. Segunda de Insaculación de Jurados 26. Justicia 27. Justicia Militar 28. Marina 29. Migración 30. Minas 31. Obras Públicas 32. Petróleo 33. Previsión Social 34. Puntos Constitucionales 35. Reglamentos 36. Relaciones Exteriores 37. Salubridad 38. Sanidad Militar 39. Seguros 40. Servicio Consular y Diplomático, Tierras Nacionales 41. Trabajo 42. Vías Generales de Comunicación También será comisión ordinaria la Revisora de Credenciales |
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos |
Reforma publicada el 27 de enero de 1940 en el Diario Oficial de la Federación. |
1. Aguas e Irrigación Nacionales 2. Agricultura y Fomento 3. Asistencia Pública 4. Aranceles y Comercio Exterior 5. Asuntos Indígenas 6. Bienes y Recursos Nacionales 7. Colonización 8. Comercio Exterior e Interior 9. Corrección de Estilo 10. Correos y Telégrafos 11. Crédito, Moneda e Instituciones de Crédito 12. Defensa nacional 13. Departamento Agrario 14. Departamento del Distrito Federal 15. Economía y Estadística 16. Educación Pública 17. Ejidal 18. Ferrocarriles 19. Fomento Agrícola 20. Fomento Cooperativo 21. Gobernación 22. Gran Comisión 23. Hacienda 24. Impuesto 25. Industria Eléctrica 26. Industrias 27. Primera de Insaculación de Jurados 28. Segunda de Insaculación de Jurados 29. Justicia 30. Justicia Militar 31. Marina 32. Materiales de Guerra 33. Migración 34. Minas 35. Obras Públicas 36. Petróleo 37. Previsión social 38. Puntos Constitucionales 39. Reglamentos 40. Relaciones Exteriores 41. Salubridad 42. Sanidad Militar 43. Seguros 44. Servicio Consular y Diplomático 45. Tierras Nacionales Trabajo 46. Vías Generales de Comunicación |
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos |
Reforma publicada el 11 de diciembre de 1975 en el Diario Oficial de la Federación. |
1. Agricultura y Fomento 2. Asistencia Pública 3. Aranceles y Comercio Exterior 4. Asuntos Agrarios 5. Asuntos Indígenas 6. Bienes y Recursos Nacionales 7. Colonización 8. Comercio Exterior e Interior 9. Corrección de Estilo 10. Correos y Telégrafos 11. Crédito, Moneda e Instituciones de Crédito 12. Defensa Nacional 13. Departamento del Distrito Federal 14. Economía y Estadística 15. Educación Pública 16. Ejidal 17. Ferrocarriles 18. Fomento Agrícola 19. Fomento Cooperativo 20. Gobernación 21. Gran Comisión 22. Hacienda 23. Impuestos 24. Industria Eléctrica 25. Industrias 26. Primera de Insaculación de Jurados 27. Segunda de Insaculación de Jurados 28. Justicia 29. Justicia Militar 30. Marina 31. Materiales de Guerra 32. Migración 33. Minas 34. Obras Públicas 35. Pesca 36. Petróleo 37. Planeación del Desarrollo Económico y Social 38. Previsión Social 39. Puntos Constitucional 40. Reglamentos 41. Recursos Hidráulicos 42. Relaciones Exteriores 43. Salubridad 44. Sanidad Militar 45. Seguros 46. Servicio Consular y Diplomático 47. Tierras Nacionales 48. Trabajo 49. Turismo 50. Vías Generales de Comunicación |
EVOLUCIÓN DE LAS COMISIONES EN LA LEY ORGÁNICA
DEL CONGRESO GENERAL DE 1979 A 2005*
25 de mayo de 1979 |
20 de julio de 1994** |
3 de septiembre de 1999 |
9 de octubre de 2000 |
29 de septiembre de 2003 |
1. Gobernación y Puntos Constitucionales |
1. Asuntos de la Frontera Sur 2. Asuntos Fronterizos (CO) 3. Gobernación y Puntos Constitucionales (CO) 4. Población y Desarrollo (CO) 5. Protección Civil 6. Radio, Televisión y Cinematografía (CO) 7. Seguridad Pública |
1. Gobernación, Población y Seguridad Pública
|
1. Gobernación y Seguridad Pública 2. Población, Fronteras y Asuntos Migratorios 3. Radio, Televisión y Cinematografía |
1. Gobernación 2. Población, Fronteras y Asuntos Migratorios 3. Radio, Televisión y Cinematografía 4. Seguridad Pública |
|
8. Gobernación y Puntos Constitucionales (iniciativas de reforma Constitucional) 9. Fortalecimiento al Federalismo 10. Fortalecimiento Municipal |
2. Puntos Constitucionales y Sistema Federal |
4. Fortalecimiento al Federalismo 5. Puntos Constitucionales |
5. Fortalecimiento al Federalismo 6. Puntos Constitucionales |
2. Justicia
|
11. Derechos Humanos (CO) 12. Justicia (CO) |
3. Justicia y Derechos Humanos
|
6. Justicia y Derechos Humanos |
7. Justicia y Derechos Humanos |
2. Relaciones exteriores |
13. Relaciones Exteriores (CO) |
4. Relaciones Exteriores |
7. Relaciones Exteriores |
8. Relaciones Exteriores |
3. Defensa Nacional |
14. Defensa Nacional (CO) |
5. Defensa Nacional |
8. Defensa Nacional |
9. Defensa Nacional |
5. Marina |
15. Marina (CO) |
6. Marina |
9. Marina |
10. Marina |
6. Hacienda y Crédito Público |
16. Hacienda y Crédito Público (CO) |
7. Hacienda y Crédito Público |
10. Hacienda y Crédito Público |
11. Hacienda y Crédito Público |
7. Programación, Presupuesto y Cuenta Pública |
17. Desarrollo Regional y Apoyo a la Producción 18. Programación, Presupuesto y Cuenta Pública (CO) |
8. Presupuesto y Cuenta Pública |
11. Presupuesto y Cuenta Pública |
12. Presupuesto y Cuenta Pública |
8. Asentamientos Humanos y Obras Públicas |
19. Asentamientos Humanos y Obras Públicas 20. Desarrollo Social 21. Vivienda (CO) |
9. Desarrollo Social y Vivienda |
12. Desarrollo Social 13. Vivienda |
13. Desarrollo Metropolitano 14. Desarrollo Social 15. Vivienda |
9. Pesca |
22. Asuntos Hidráulicos (CO) 23. Bosques y Selvas (CO) 24. Ecología y Medio Ambiente (CO) 25. Pesca (CO) |
10. Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca |
14. Medio Ambiente y Recursos Naturales 15. Pesca 16. Recursos Hidráulicos |
16. Medio Ambiente y Recursos Naturales 17. Pesca 18. Recursos Hidráulicos |
10. Energéticos |
26. Energéticos (CO) |
11. Energía |
17. Energía |
19. Energía |
11. Patrimonio y Fomento Industrial 12. Comercio |
27. Artesanías (CO) 28. Comercio (CO) 29. Patrimonio y Fomento Industrial (CO) |
12. Comercio y Fomento Industrial |
18. Comercio y Fomento Industrial |
|
13. Agricultura y Recursos Hidráulicos |
30. Agricultura (CO) 31. Ganadería (CO) |
13. Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural |
19. Agricultura y Ganadería 20. Desarrollo Rural |
20. Agricultura y Ganadería 21. Desarrollo Rural |
14. Comunicaciones y Transportes |
32. Comunicaciones y Transportes (CO) |
14. Comunicaciones y Transportes |
21. Comunicaciones 22. Transportes |
22. Comunicaciones 23. Transportes |
15. Educación Pública |
33. Ciencia y Tecnología (CO) 34. Corrección de Estilo (CO) 35. Cultura (CO) 36. Deporte (CO) 37. Educación (CO) |
15. Educación Pública, Cultura y Ciencia y Tecnología |
23. Ciencia y Tecnología 24. Cultura 25. Educación Pública y Servicios Educativos |
24. Ciencia y Tecnología 25. Cultura 26. Educación Pública y Servicios Educativos
|
16. Salubridad y Asistencia 17. Seguridad Social |
38. Pensionados y Jubilados 39. Salud (CO) 40. Seguridad Social (CO) |
16. Salud y Seguridad Social |
26. Salud 27. Seguridad Social |
27. Salud 28. Seguridad Social |
18. Trabajo y Previsión Social |
41. Trabajo y Previsión Social (CO) |
17. Trabajo y Previsión Social |
28. Trabajo y Previsión Social |
29. Trabajo y Previsión Social |
19. Reforma Agraria |
42. Reforma Agraria (CO) |
18. Reforma Agraria |
29. Reforma Agraria |
30. Reforma Agraria |
20. Turismo |
43. Turismo (CO) |
19. Turismo |
30. Turismo |
31. Turismo |
21. Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias |
44. Estudios Legislativos 45. Reglamentos y Prácticas Parlamentarias (CO) |
20. Reglamentos y Prácticas Parlamentarias |
31. Reglamentos y Prácticas Parlamentarias (que se encuentra en el artículo 40 por ser una comisión con características propias) |
32. Reglamentos y Prácticas Parlamentarias (que se encuentra en el artículo 40 por ser una comisión con características propias) |
22. Distrito Federal |
46. Distrito Federal (CO) |
21. Distrito Federal |
|
|
|
47. Asuntos Indígenas (CO) |
22. Asuntos Indígenas |
32. Asuntos Indígenas |
33. Asuntos Indígenas |
|
48. Equidad y Género |
23. Equidad y Género |
33. Equidad y Género |
34. Equidad y Género |
|
49. Atención y Apoyo a Discapacitados 50. Asuntos de la Juventud 51. Participación Ciudadana |
24. Atención a Grupos Vulnerables |
34. Atención a Grupos Vulnerables 35. Juventud y Deporte 36. Participación Ciudadana |
35. Atención a Grupos Vulnerables 36. Juventud y Deporte 37. Participación Ciudadana |
|
52. Fomento Cooperativo (CO) 53. Distribución y Manejo de Bienes de Consumo y Servicios (CO) |
25. Fomento Cooperativo y Economía Social |
37. Fomento Cooperativo y Economía Social |
38. Economía 39. Fomento Cooperativo y Economía Social |
|
54. Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda (CO) |
26. Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda |
|
|
|
55. Comisión de Información, Gestoría y Quejas (CO) |
27. Comité de Información, Gestoría y Quejas |
|
|
|
|
|
|
|
|
Comités Vigentes: |
Órgano o área que asume sus tareas: |
|
|
|
1. Administración |
1. Junta de Coordinación Política |
|
|
|
2. Asuntos Editoriales |
2. Coordinación de Comunicación Social |
|
|
|
3. Asuntos Internacionales |
3. Relaciones Exteriores |
|
|
|
4. Biblioteca e Informática |
4. Servicios de Bibliotecas |
|
|
|
5. Comunicación Social |
5. Coordinación de Comunicación Social |
|
|
|
6. Instituto de Investigaciones Legislativas |
6. Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias |
|
|
ANEXO 1
DISTRIBUCIÓN DE ESCAÑOS CONFORME AL PORCENTAJE DE LA VOTACIÓN NACIONAL
OBTENIDO EN ELECCIONES DE DIPUTADOS FEDERALES: 1946–1985*
AÑO |
PRI |
PAN |
IZQUIERDA¨ |
SATÉLITES¨¨ |
OTROS¨¨¨ |
|||||
|
% |
Escaños |
% |
Escaños |
% |
Escaños |
% |
Escaños |
% |
Escaños |
1946 |
77,90 |
141 |
19,33 |
4 |
|
|
|
|
ND |
2 |
1949 |
ND |
142 |
ND |
4 |
|
|
ND |
1 |
- |
- |
1952 |
74,31 |
151 |
7,82 |
5 |
|
|
1,98 |
2 |
ND |
3 |
1955 |
ND |
153 |
ND |
6 |
|
|
0,68 |
2 |
ND |
1 |
1958 |
90,43 |
153 |
9,42 |
6 |
|
|
1,12 |
2 |
ND |
1 |
1961 |
90.25 |
172 |
7,59 |
5 |
|
|
1,43 |
1 |
- |
- |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
1964 |
86,26 |
175 |
11,52 |
20 (2+18) |
|
|
2,08 |
15 (1+14) |
|
|
1967 |
83,32 |
177 |
12,41 |
20 (1+19) |
|
|
4,08 |
15 (0+15) |
|
|
1970 |
80,07 |
178 |
13,93 |
20 (0+20) |
|
|
2,17 |
15 (0+15) |
|
|
1973 |
69,66 |
189 |
14,70 |
25 (4+21) |
|
|
5,44 |
17 (1+16) |
|
|
1976 |
80,09 |
195 |
8,45 |
20 (0+20) |
|
|
5,49 |
22 (1+21) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
1979 |
69,74 |
296 |
10,79 |
43 (4+39) |
4,86 |
18 (0+18) |
6,51 |
33 (0+33) |
2,07 |
10 |
1982 |
69,27 |
299 |
17,53 |
51 (1+50) |
4,37 |
17 (0+17) |
5,06 |
21 (0+21) |
2,28 |
12 |
1985 |
64,81 |
289 |
15,58 |
41 (9+32) |
6,01 |
24 (0+24) |
6,06 |
36 (2+22) |
2,73 |
12 |
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[1] Francisco Berlín Valenzuela (coord.), Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, segunda edición, editorial Miguel Ángel Porrúa, México, 1998, 116-117.
[2] “Artículo 70”, . Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2005, en: http://www.cddhcu.gob.mx/leyinfo/pdf/1.pdf, (Consulta: 10 diciembre 2005).
[3] Jorge González Chavez, Las Comisiones Legislativas en la Cámara de Diputados o Equivalentes. Estudio comparativo de cuatro países de régimen presidencial, cinco de parlamentario y uno de régimen semipresidencial, Cámara de Diputados-SIID, 2000, 3. En: www.cddhcu.gob.mx/sia/polint/pdf/dpi2500.pdf, (Consulta: 14 noviembre 2005).
[4] Berlín, “Diccionario Universal…”, op. cit., 223.
[5] Comisión de de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias , “Los Reglamentos del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos”, Cámara de Diputados, LVIII Legislatura, México, febrero 2003, disco compacto.
[6]Comisión de Reglamentos, “Los Reglamentos…”, op. cit., Reglamento para la Instalación, Funcionamiento y Atribuciones del Congreso, artículo 17.
[7] Exposición de motivos, Gaceta Parlamentaria, año III, T. III, Número 4, 9 de mayo de 1979, 2.
[8] En 1963 se realizó un reforma electoral en la cual se creó la figura de “diputados de partido”, esto es que aquellos partidos que obtuvieran un 2.5% de la votación total del país tenían derecho a obtener cinco curules en la Cámara de Diputados, y por cada 0.5% más de la votación, una curul adicional hasta llegar a un máximo de 20. A este respecto hay otra reforma en 1972, donde el umbral de 2.5% se redujo a 1.5% para obtener 5 diputados de partido. Fuente: Instituto de Investigaciones Jurídicas, Enciclopedia Jurídica Mexicana, UNAM-Porrúa, segunda edición, México, 2004, tomo IX, 53.
[9] Ver en anexos cuadro “Distribución de escaños conforme al porcentaje de la votación obtenido en elecciones de Diputados Federales: 1946-1985” de Adriana Borjas Benavente, Partido de la Revolución Democrática. Estructura, organización interna y desempeño pública: 1989-2003, vol. I, Gernika, México, 2003, p. 97.
[10] Ver cuadro “Evolución de las comisiones en la Ley Orgánica del Congreso General de 1979 a 2005”.
* Elaboración propia con datos obtenidos de: “Funcionamiento y Atribuciones del Congreso”, en Los Reglamentos del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Comisión de de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, Cámara de Diputados, LVIII Legislatura, México, febrero 2003, disco compacto.
** Las comisiones marcadas con negritas son las que tienen relación con la de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias actual.
* Elaboración propia con datos obtenidos de la exposición de motivos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos de 1979 y de cada una de sus reformas, así como del Diario Oficial de la Federación con fecha: 25 de mayo de 1979, 20 de julio de 1994, 3 de septiembre de 1999, 9 de octubre de 2000 y 29 de septiembre de 2003.
** Estas son las comisiones ordinarias y especiales que aparecen en el Diario Oficial de la Federación del 3 de septiembre de 1999, en el Diario Oficial de la Federación del 20 de julio de 1994, aparecen 41 comisiones ordinarias, marcadas en este texto con (CO).
* Adriana Borjas Benavente, Partido de la Revolución Democrática. Estructura, organización interna y desempeño pública: 1989-2003, vol. I, Gernika, México, 2003, 97. Las cifras antes del signo + corresponden a los diputados por el principio de mayoría; después del signo, a los diputados de partido en el período 1964-1976 y a los diputados por el principio de representación proporcional o plurinominales a partir de 1979.
¨ En 1979, incluye la votación y escaños obtenidos únicamente por el Partido Comunista Mexicano [PCM]; en 1982, la obtenida por el Partido Socialista Unificado de México [PSUM]; y, en 1985, la suma de los votos y escaños del PSUM, el Partido Revolucionario de los Trabajadores [PRT] y el Partido Mexicano de los Trabajadores [PMT].
¨¨ Las cifras de 1952 y 1955 corresponden únicamente al PPS; a partir de 1958, incluye la suma de los votos y escaños obtenidos por el PPS y por el PARM; y, a partir de 1979, la suma de PPS, PARM y PST.
¨¨¨ A partir de 1979 las cifras se refieren al Partido Demócrata Mexicano [PDM].
ND: Datos no disponibles.
[Citar como] Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, "Antecedentes", en Reglamentos y Prácticas del Congreso de la Unión [Actualización: 23 de marzo de 2006], en www.diputados.gob.mx/cesop/