Trabajo

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Antecedentes

Referencias

Como antecedentes sobre el tema en análisis es necesario señalar que para objeto de este apartado se toma como referencia el periodo previo al movimiento armado de 1910.

Durante el porfiriato la introducción del ferrocarril favoreció la integración del mercado interno y, con ello, la incipiente industrialización. “A medida que se articulaba dicho mercado y la hacienda agroexportadora entraba en su etapa de auge y expansión, las relaciones de trabajo se fueron transformado. El campesino aparcero y mediero, privado de sus tierras, se convirtió en jornalero agrícola, mientras que, por otro lado, se inició la expulsión de la mano de obra rural hacia los nuevos centros de industrialización, formándose así los primeros grupos de trabajadores fabriles. Políticamente, el Estado mexicano fue centralizándose y los intereses regionales se supeditaron a un proyecto de desarrollo nacional moderno. Ante las consecuencias sociales de este proceso, gran parte del país opuso resistencia. Desde los primeros años fueron frecuentes las sublevaciones campesinas, las huelgas en fábricas y minas y, antes de que terminara el siglo, amplios sectores del antiguo artesanado se movilizaron también, formando grupos de oposición”.[1]

Hacia los años de 1906-1907 una serie de factores (la crisis económica mundial; los primeros intentos obreros por darse una organización autónoma; la presencia de una oposición crítica, armada y con un proyecto nacional) mostraron que la dictadura no tenía solución para esa serie de contradicciones que el proceso económico producía, situación que desencadenó el levantamiento armado de 1910, mismo que una vez triunfante permitió la promulgación de la Constitución de 1917 y la regulación de las relaciones de trabajo en nuestro país.

Por lo que se refiere al surgimiento del derecho laboral a nivel internacional debe decirse que este “se constituyó por presión de los trabajadores, de sus nacientes sindicatos y de partidos obreros. No fue aceptado fácilmente por las clases dominantes, imbuidas del ideal liberal que se negaba a aceptar que la sociedad estaba dividida en clases cuyos intereses podían no coincidir, en particular los de los obreros y patrones. Es decir, las leyes laborales en los diferentes países nacieron en contextos muy poco regulados”.[2]

Como un referente histórico sobre al concepto de previsión social es posible señalar que “desde los inicios del siglo XX la preocupación por asegurar la vida de los trabajadores dio origen a los primeros reglamentos laborales, ya que antes del surgimiento del Derecho del Trabajo se expidieron leyes que apoyaban el mutualismo, la seguridad social incipiente y los primeros derechos sociales”.[3] 

En lo que se refiere a los antecedentes sobre el tema de la regulación del trabajo en nuestro país a partir del siglo XX, puede señalarse en principio al régimen de Francisco I. Madero quien en 1911 crea el Departamento del Trabajo, dependiente de la Secretaría de Fomento, Colonización e Industria, oficializando diversas acciones en favor de los trabajadores.

Una vez promulgada la Constitución Federal de 1917, la misma estableció en su artículo 123, entre otros, los siguientes derechos: la fijación de jornada máxima de ocho horas; la indemnización por despido injustificado; el derecho de asociación y de huelga por parte de los trabajadores; y el establecimiento de normas en materia de Previsión y Seguridad Social, es preciso tener en cuenta que en este mismo año, la Ley de Secretarías de Estado, incluye la materia laboral como uno de los ramos de la Administración Pública al instituir dentro de la Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo, el servicio de inspección del trabajo a cargo de un departamento específico.

Debe recordarse que el texto original del artículo 123 facultaba a las legislaturas de las Entidades Federativas a intervenir en materia de trabajo, de lo que surge la necesidad de crear las Juntas Municipales de Conciliación y Arbitraje. Unos años mas tarde en 1927 se creó la institución de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, con la finalidad de reglamentar la competencia en la resolución de conflictos de trabajo surgidos en las materias o en las zonas federales y en 1929 se reformó el artículo 123 Constitucional para reservar la expedición de Leyes en materia de trabajo como facultad exclusiva del H. Congreso de la Unión. Es oportuno recordar que la Ley Federal del Trabajo emitida en 1931 designó como autoridades en dicha materia a las Juntas Municipales de Conciliación, a las Juntas Centrales de Conciliación y Arbitraje, a los Inspectores del Trabajo y a las Comisiones Especiales del Salario Mínimo, incluyendo posteriormente a la Secretaría de Educación Pública para vigilar el cumplimiento de las obligaciones de los patrones que en materia educativa establecía la Constitución[4].

Posteriormente en 1940 se reformó la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado para crear la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, es hasta enero de 1978 que el Poder Legislativo reformó las fracciones XII, XIII, XXXI del Apartado A del Artículo 123 Constitucional. A través de dichas reformas se consignó el deber de los patrones de proporcionar a sus trabajadores capacitación y adiestramiento en el trabajo y se federalizó la aplicación de las normas laborales en varias ramas industriales, así como la citada materia de capacitación y adiestramiento, y la seguridad e higiene en el trabajo.

En abril de 1978, la Ley Federal del Trabajo tuvo diversas modificaciones, entre otras, la reforma al artículo 538, que determina la creación de un órgano desconcentrado dependiente de la STPS denominado Unidad Coordinadora de Empleo, Capacitación y Adiestramiento. En enero de 1980 se reforma la Ley Federal del Trabajo en sus títulos 14, 15 y 16, a fin de simplificar y agilizar el procedimiento jurídico laboral, Al inicio del periodo presidencial 1982-1988 se reestructuraron de manera significativa las atribuciones del Sector Público Laboral y en 1984 se crea la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y con motivo de la firma del Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte, se creó en julio de 1994 la Oficina Administrativa Nacional para el Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte.[5]

 

Contexto de las reformas al marco legal en materia del trabajo

El escenario en el que se inscribe el mas reciente proceso de reformas al marco jurídico en materia de trabajo en nuestro país, inicia en los últimos días de Noviembre del 2002 “cuando la diputación obrera del PRI presentó ante la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados el proyecto de nueva Ley Laboral acordada entre las organizaciones patronales y las del Congreso del Trabajo con la mediación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS). Unas semanas antes otro tanto hicieron el PRD y la Unión Nacional de Trabajadores (UNT). Culminaba así un largo proceso que se inició en 1988, cuando la Concanaco y la Coparmex iniciaron el debate sobre la reforma laboral. Desde entonces estas organizaciones definieron los aspectos centrales que los empresarios demandan como reforma de la Ley: la flexibilidad del trabajo para aumentar la competitividad de las empresas, favorecer la modernización de las mismas y propiciar la confianza de los inversionistas frente a la apertura económica y la globalización. La polémica acerca de la reforma laboral iniciada en 1988 se continuó en 1989 cuando el Senado hizo una consulta popular. Posteriormente, en 1994, la Coparmex, la Concanaco y la Canacintra presentaron un documento más detallado que el de 1988 de sus demandas de reforma laboral al entonces candidato del PRI a la Presidencia de la república, Ernesto Zedillo. En 1995 la Coparmex y la CTM iniciaron la negociación por una nueva cultura laboral y el PAN presentó su proyecto de reforma ante la cámara de Senadores, en 1996 el PRD por su parte elaboró un anteproyecto. En 1999 el gobierno de Ernesto Zedillo propició nuevamente el debate y se elaboró un anteproyecto de nuevo Código Procesal del Trabajo y, finalmente, la Secretaría del Trabajo del gobierno de Vicente Fox convocó e instaló en julio del 2001 la llamada Mesa Central de Decisión para la elaboración de un nuevo proyecto de Ley Federal del Trabajo. En la Mesa Central de Decisión participaron las organizaciones empresariales, el Congreso del Trabajo y la Unión Nacional de Trabajadores, coordinados por la Secretaría del Trabajo”[6].

Derivado de los trabajos de esa instancia denominada Mesa Central de Decisión se diseña una propuesta legislativa denominada Iniciativa de los Sectores, presentada ante el Pleno de la Cámara de Diputados, el día 12 de Diciembre del 2002, por el Dip. Roberto Ruiz Ángeles a nombre de los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN y PVEM.

Las Comisiones de Trabajo y Previsión Social de las Cámaras de Diputados y Senadores de la LIX Legislatura, continúan con el estudio y análisis de la Reforma Laboral.

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[1] Jorge Fernández Tomás, México, historia de un pueblo, Secretaría de Educación Pública. México 1980.

[2] Enrique de la Garza Toledo, La Polémica sobre la Reforma Laboral en México, ver: http://www.izt.uam.mx/amet/debate/polemica.doc página 14 (fecha de consulta 12 de diciembre de 2005)-

[3] Nuevo Diccionario Jurídico Mexicano, Op. cit.

[4] Para una versión mas amplia de los antecedentes de Secretaría del Trabajo y Previsión Social, remitirse a la dirección electrónica: http://www.stps.gob.mx/

[5] Sobre los alcances y las implicaciones de las diferentes reformas a la Ley Federal del Trabajo, consultar: http://www.stps.gob.mx/

[6] Enrique de la Garza Toledo, Op. cit. p. 4.

[Citar como] Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, "Antecedentes", en Trabajo [Actualización: 23 de marzo de 2006], en www.diputados.gob.mx/cesop/