Transportes
Comisión Legislativa
Disposiciones reglamentarias
La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos promulgada en el año de 1934, estableció la conformación de una instancia denominada Comisión de Vías Generales de Comunicación. La aprobación de las disposiciones normativas en referencia se llevó a cabo en el mes de diciembre de 1933 y se publicaron en el Diario Oficial de la Federación en el mes de marzo del año siguiente.[1]
La Comisión Legislativa señalada, siguió funcionando en los términos previstos en la Ley Orgánica en referencia, hasta el año de 1937 fecha en la que fue modificado el marco legal del Congreso.[2]
Pese a diferentes modificaciones que dieron origen a varias Comisiones Legislativas y propiciaron el cambio de denominación y de competencia de otras, la Comisión de Vías Generales de Comunicación, continuó funcionando con ese nombre y con las atribuciones que ya tenía asignadas.
La misma situación se presentó cuando se llevan a cabo las modificaciones de la Ley Orgánica de 1940, en donde la Comisión de Vías Generales de Comunicación continúa inalterada tanto en denominación como en competencia y atribuciones.[3]
Sólo hasta el año de 1979 la normatividad interna del Congreso modifica las disposiciones aplicables a la instancia señalada y en el mes de marzo de ese año, la anteriormente denominada Comisión de Vías Generales de Comunicación se convierte en la Comisión de Comunicaciones y Transportes.[4]
Con las reformas a la Ley Orgánica efectuadas en julio de 1994 y las llevadas a cabo en agosto de 1999 no se afecta ni la competencia ni la denominación de esta Comisión, que continúa conociendo conjuntamente de los rubros de comunicaciones y de transportes.[5]
En las reformas a la Ley Orgánica del Congreso del año 2000, se establece la separación de los temas de las comunicaciones y de los transportes y es entonces que se conforman dos comisiones distintas que abordan cada una de ellas un tema específico.[6] Esa situación se mantiene a la fecha en donde prevalece la existencia de dos comisiones legislativas distintas, una que conoce del tema de las comunicaciones y otra cuya competencia son los transportes.[7]
Es innegable que las modificaciones a la normatividad del Congreso que se han detallado, han estado acordes a situaciones y coyunturas políticas específicas.
Las reformas en la Comisión dadas en el periodo 1934 a 1940 coinciden con el periodo presidencial del General Lázaro Cárdenas, en ese lapso se implementan medidas como las de el acuerdo expropiatorio de los Ferrocarriles Nacionales de México en 1937 y la militarización en 1939 de la Policía Federal de Caminos todo ello inserto en el marco de la creación de la Ley de Vías Generales de Comunicación del año de 1937. Tales acontecimientos permiten encontrar elementos de referencia para explicar las modificaciones dadas a la comisión legislativa que nos ocupa, puesto que era necesaria la existencia de una instancia legislativa que atendiera un rubro que tenía un crecimiento económico y una presencia política significativos en este periodo.
A partir de la fecha señalada se presenta un largo periodo en el que se mantienen inalteradas la naturaleza y las tareas de la comisión de transporte que se interrumpe hasta el año 1979 fecha en la que se presentan cambios de importancia en la normatividad que regula la administración pública federal que afectaron a la dependencia del ramo. Es hasta el año 2000 cuando se establece una división entre las materias de la comisión previamente conocida como de comunicaciones y transportes, creándose una instancia legislativa para cada uno de los ramos referidos, esto frente a la necesidad de atender de manera específica cada rubro en lo individual y con el objeto de especializar el trabajo parlamentario en las áreas correspondientes, lo anterior en el marco del cambio de régimen presidencial dado en ese año y coincidiendo con la promulgación del Plan Nacional de Desarrollo y de los Programas Sectoriales en la materia, factores todos que se presentaron en el periodo en el que se dan los cambios a las comisiones legislativas responsables de los transportes y de las comunicaciones en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
Conformación actual de la Comisión de Transportes
La Directiva de la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LIX Legislatura, está conformada con cinco legisladores, de los cuales uno ostenta la presidencia de la Comisión y los restantes fungen como secretarios de ésta.
La directiva de la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados en la LIX Legislatura está ocupada por un legislador de la bancada de Acción Nacional, y las secretarías las ocupan tres diputados del PRI y uno del PRD. En lo tocante a la integración del pleno de la Comisión, la misma se forma por nueve diputados del Partido Acción Nacional, catorce del grupo parlamentario del PRI, seis de la bancada del PRD y un legislador del Partido Verde Ecologista de México.[8]
De conformidad a la normatividad interna de la Cámara de Diputados, se advierte que a la Comisión de Transportes le corresponde el análisis de los siguientes asuntos:
a) Transporte Carretero
b) Transporte Ferroviario
c) Transporte Aéreo
d) Transporte Marítimo
e) Transporte Multimodal
f) Carreteras de Cuota
g) Tarifas de Transporte
h) La Infraestructura relativa a los transportes carretero, aéreo y marítimos.[9]
La Comisión tiene cinco subcomisiones cuyas denominaciones se señalan a continuación:
1. Subcomisión de autotransporte federal y transporte multimodal
2. Subcomisión de transporte marítimo y puertos
3. Subcomisión de transporte ferroviario
4. Subcomisión de transporte aéreo y aeropuertos
5. Subcomisión de infraestructura carretera
Sobre la integración y competencia de las subcomisiones es necesario referir en principio que la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, establece de los artículos 39 al 45 las disposiciones inherentes al funcionamiento de las comisiones legislativas de la Cámara de Diputados, señalando en tales preceptos las atribuciones y los criterios de integración entre otras cosas de las referidas instancias deliberativas. En lo tocante a las subcomisiones debe tenerse presente lo enunciado por el artículo 44 numeral 4 del texto legal invocado, mismo que señala la posibilidad de crear subcomisiones o grupos de trabajo según se crea conveniente o lo exija el despacho de los negocios, el enunciado anterior permite comprender la necesidad de integrar diferentes instancias que a manera de subcomisiones abordan temas específicos en el ramo de los transportes.
Es pertinente tener en cuenta en lo tocante a la integración de las subcomisiones lo establecido en los numerales en referencia, mismos que hacen referencia a la necesidad de tomar en cuenta en la integración de las comisiones la pluralidad representada en la Cámara
Informes de actividades de la Comisión de Transportes
A continuación se presentan los correspondientes enlaces que permiten acceder a los informes semestrales de actividades de la Comisión de Transportes en la Cámara de Diputados de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión.
§ Informe semestral de actividades 1 de septiembre. de 2003 al 29 de febrero de 2004
§ Informe de actividades correspondiente del 1 de abril al 30 de septiembre de 2004
§ Informe de actividades correspondiente al periodo del 1 de octubre de 2004 al 31 de marzo de 2005
§ Informe semestral de actividades 1 de abril al 30 de septiembre de 2005
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[1] Diario Oficial de la Federación, 20 de marzo de 1934.
[2] Ibid, 16 de octubre de 1937.
[3] Ibid 27 de enero de 1940.
[4] Ibid, 25 de marzo de 1979.
[5] Ibid, 20 de julio de 1994 y 3 de septiembre de 1999.
[6] Ibid, 9 de octubre de 2000.
[7] Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, http://www.diputados.gob.mx/leyinfo/pdf/168.pdf
[8] En lo referente a la integración de esta Comisión Legislativa se toman los datos del Tercer Informe Semestral de Actividades de la Comisión de Transportes, publicados en la Gaceta Parlamentaria número 1726 correspondiente al miércoles 6 de abril de 2005.
[9] Es preciso destacar la existencia de un Acuerdo Parlamentario publicado en la Gaceta Parlamentaria el 26 de marzo de 2001, entre las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, en donde se establece la competencia de las comisiones referidas para definir las materias que conocerá cada una de estas.
[Citar como] Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, "Comisión Legislativa", en Transportes [Actualización: 15 de mayo de 2006], en www.diputados.gob.mx/cesop/