Fomento Cooperativo
Impacto del trabajo legislativo.
Introducción.
Las comisiones ordinarias del congreso tienen por mandato constitucional, contribuir al cumplimiento de las atribuciones constitucionales y legales de la Cámara de Diputados.[1] En este marco, tienen el imperativo de dictaminar, informar y evaluar los temas de su competencia. De esta forma, los resultados del trabajo legislativo desarrollado por la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social., están relacionados directamente con las proposiciones que alcanzan punto de acuerdo y las iniciativas presentadas por el Poder Ejecutivo, los diputados y senadores, y los congresos de los estados.[2]
En el presente documento se analiza el impacto que las iniciativas publicadas en el Diario Oficial de la Federación han tenido en el sector y que modifican la legislación que afecta a las organizaciones cooperativas, a las organizaciones de ahorro y crédito popular y a las instituciones públicas relacionadas con el sector.[3]
Resultados del proceso legislativo.
Las iniciativas aprobadas por el Congreso y publicadas por el Ejecutivo inciden en algún ordenamiento, reglamentación o programa, por lo que como resultado del análisis jurídico, sólo se describen los cambios derivados de la aprobación y publicación de las leyes que en su momento fueron objeto de los trabajos de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social en las LVII, LVIII y LIX Legislaturas.
El 1 de junio de 2001, el Poder Ejecutivo publicó la Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, dando el primero paso para dotar al sector del ahorro y crédito popular de instituciones que apoyen su crecimiento y desarrollo. Así, lo que en su momento fue el Programa de Bonos del Ahorro Nacional, se convirtió en la primera institución de banca social. En el mismo mes y año, se publicó la Ley de Ahorro y Crédito Popular, aprobaóda en diciembre de 2000 por la Cámara de Diputados que buscó regular al sector de las cajas de ahorro, dar mayor seguridad a los socios y administradores para revertir la desorganización y eliminar delitos que se habían registrado. Después de un largo proceso de consulta se estructuró un marco jurídico que dió certidumbre reglamentando las actividades de las cajas de ahorro, facilitando los servicios y desarrollando entidades y organismos concentradores como federaciones y confederaciones bajo la vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
Estas reformas legales abrieron un debate sobre las condiciones que deben de cumplir las organizaciones de ahorro y crédito popular dictados por la CNBV, ya que diversas organizaciones se han manifestado en contra de la aplicación de la Ley, tal como la Alianza Cooperativa Nacional (ALCONA), organización que propone reformas a la LACP para permitir el desempeño de cajas de ahorro “cerradas” que sólo realizan operaciones con sus socios.[4] También se han pronunciado en el debate de la aplicación de la Ley, los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados, por el impacto que ésta ha tenido en diversas organizaciones con poca infraestructura y desarrollo.
El grupo parlamentario del Partido de la revolución Democrática es el que ha impulsado más acciones para reformar la Ley de Ahorro y Crédito Popular para incluir a organizaciones que no han cumplido con la regulación. También se han sumado a este debate el Director General del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, Javier Gavito, quien ha denunciado a varias cajas de ahorro que siguen operando fuera de la Ley a pesar de las prohibiciones y sanciones a las que se han hecho acreedoras. En este sentido, existe una mayoría de organizaciones que están de acuerdo con la aplicación de la regulación para garantizar la seguridad patrimonial de los ahorros.
Un resultado sobresaliente (porque permite recuperar a los ahorradores parte de su patrimonio perdido) del trabajo legislativo y que sigue ofreciendo esta única alternativa para las ahorradores defraudados, fue la aprobación de la Ley que crea el Fideicomiso que Administra el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo, publicada el 30 de diciembre de 2002 en el Diario Oficial de la Federación. Este esquema ha ejercido recursos para amortiguar los daños al patrimonio de los socios de las cajas de ahorro y de los propios ahorradores e inversionistas que por una mala administración tienen comprometido su futuro. Sobre los fondos del Fideicomiso, al cuarto trimestre de 2004, reportó un disponible de mil 503 millones 38 mil 845 pesos. En el 2004, el fideicomiso tuvo 63 millones 144 mil pesos de egresos, como resultado de la formalización de 9 convenios de coordinación con igual número de entidades federativas. El Informe de Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos del Sector Central de la Secretaría de Hacienda, destaca sobre el fideicomiso, que durante el ejercicio de 2004 no se recibieron recursos patrimoniales que incrementaran el patrimonio fideicometido y que la disponibilidad fue producto de aportaciones y rendimientos anteriores.[5]
Las modificaciones siguientes al marco legal del sector social fueron reformas a la Ley de Ahorro y Crédito Popular (LACP) que propusieron incorporar nuevas operaciones que diversificarían servicios y productos de las entidades de ahorro y crédito popular. Esta iniciativa fue complementada por otra propuesta de reformas a la misma ley que se presentó en febrero del 2005, que autorizaría a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que se ampliara el plazo de registro de las asociaciones y federaciones para poder operar bajo el esquema de la LACP
Otra iniciativa (que influyó en la legislación del sector) fue la presentada en septiembre de 2004, propuso controles de funcionamiento para las personas físicas y morales que sean propietarios de acciones de las sociedades financieras populares, para evitar los prestamos de los tenedores de acciones de las cajas de ahorro sin la autorización de la mayoría del Consejo Directivo. Esta reforma afectó el artículo 46 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y buscó elevar los estándares de seguridad y control administrativo al interior de las organizaciones de ahorro y préstamo. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), informa del resultado de la aplicación de las reformas a la Ley de Ahorro y Crédito Popular, que tienen como fin, la regulación del sector de ahorro y crédito y que es medido de acuerdo a las entidades autorizadas para operar bajo la referida Ley. Al 28 de marzo de 2006, la CNVB reporta las siguientes federaciones autorizadas:
4. Cajas Populares Alianza, S.C. de R.L. de C.V.
6. Cooperativas Financieras UNISAP, S.C. de R.L. de C.V.
7. Federación Regional de Cooperativas de Ahorro y Préstamo Centro Sur, S.C. de R.L. de C.V.
8. Federación Sistema Coopera, S.C. de R.L. de C.V.
9. Federación de Instituciones y Organismos Financieros Rurales, A.C.
10. Federación Atlántico Pacífico de Entidades de Ahorro y Crédito Popular, S.C.
11. Federación Fortaleza Social, A.C.
12. Federación Regional de Cooperativas de Ahorro y Préstamo Noreste, S.C.L. de C.V.
Adicionalmente un boletín de prensa de la CNVB del 6 de abril de 2006, informa sobre otras entidades autorizadas recientemente para operar bajo la LACP: Cooperativa de Ahorro y Préstamo Caja Cihualpilli de Tonalá, S.C.L. de C.V.; Caja Popular La Providencia, S.C.L. de C.V., y Financiera Mexicana para el Desarrollo Rural, S.A. de C.V.
En la LIX Legislatura uno de los temas que más ha requerido el trabajo de la Comisión de Fomento Cooperativo, son las reformas a la Ley de Ahorro y Crédito Popular para permitir la operación de cajas que actualmente se encuentran fuera del marco jurídico, y que representan para sus integrantes la única opción de tener una fuente de financiamiento alterna al sector bancario tradicional. Las iniciativas son descritas en el apartado sobre el desempeño legislativo que precisa su estatus y contenido.
Por otro lado el 8 de diciembre de 2005, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley del impuesto Sobre la Renta, del Código Fiscal de la Federación y del Código Penal, presentada por varios diputados de las diversas fracciones parlamentarias que integran la Comisión. Esta iniciativa busca proteger a las cooperativas de producción para que dejen de pagar el impuesto sobre la renta como sociedad mercantil, situación que afectaba su rendimiento, además propone que las personas físicas y morales no puedan gozar de ese beneficio sin ser cooperativas de producción y evadir su responsabilidad fiscal, por lo que también se prevén sanciones de tipo penal para evitarlo. Con ésta reciente aprobación se pretende seguir con la estrategia de ampliar el marco legal que asegure el desarrollo de las cajas de ahorro, habrá que esperar a constatar los resultados de esta nueva disposición legal.
El programa de radio “Voces cooperativas”, el cual es transmitido a través de Radio Chapultepec, (XEOC 560 Khz)con una duración de dos horas semanales, jueves y viernes de 9:00 a 10:00 hrs. El programa cuenta con un alto nivel de audiencia y participación en llamadas telefónicas según informes de la propia radiodifusora por lo cual se mantendrá vigente hasta el mes de agosto, ya que es financiado por la Comisión legislativa que concluye los trabajos de la LIX Legislatura en ese mismo mes.
La Comisión también realizó la publicación de una serie de folletos denominados “Cuadernos cooperativos y de economía social”, de publicación bimestral, donde se exponen temas relacionados con el cooperativismo en el ámbito nacional e internacional, así como análisis sobre la importancia de la economía social como alternativa para el empleo. Estos folletos son complementarios para difundir las actividades del sector cooperativo sobre diversos temas que versan sobre la ideología cooperativista, el marco legal en diversos países y artículos de fondo sobre la materia. Es de tiraje limitado y financiado por la Comisión legislativa, difundido en reuniones de trabajo y eventos donde la Comisión es invitada a participar.
Carola Conde, especialista del Colegio Mexiquense en temas de mecanismos de ahorro de personas de bajos recursos, afirma que “el sector de rédito popular presenta dificultades y carece de instrumentos financieros que permitan el ahorro de los sectores económicamente menos favorecidos, y no existe, un proyecto integral que coordine política públicas, programas de fomento cooperativo y de vinculación académica que responda a las necesidades del sector”.[6] Sin embargo, también señala que la reglamentación actual es un avance que da certidumbre a los ahorradores y fomenta la profesionalización de los cuerpos directivos de las sociedades, federaciones y confederaciones de ahorro y crédito popular. Por su parte, Armando Rendón, doctor en ciencia política y especialista en presupuestos participativos, de la Universidad Autónoma Metropolitana, plantea que la opinión de los sectores de bajos ingresos debe ser tomada en cuenta para una redistribución de los recursos públicos lo que provocaría un crecimiento con mayor impacto en las regiones menos favorecidas económicamente.[7]
Por último es importante destacar que la Comisión colaboró en la realización de un en foro sobre cooperativismo y economía solidaria que organizó el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Publica de la Cámara de Diputados, donde se expresaron distintas voces en torno al marco jurídico, que aunque divergentes en varios aspectos, coincidieron en la necesidad de fortalecer al sector. Dicho evento se realizó en el mes de marzo de 2006, y en él se dieron cita especialistas, académicos, organizaciones e instituciones públicas internacionales, para analizar las condiciones actuales del sector y dejar un documento de trabajo que sea útil para la Legislatura que iniciará en septiembre de 2006, como una fuente de información actual, plural y necesaria.
[Regresar al índice de contenidos]
[1], Artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicano, Marco Jurídico del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. México, Cámara de Diputados 2004, p. 254.
[2], Artículo 71de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Marco Jurídico del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. México, Cámara de Diputados 2004, p. 70
[3] En los cuatro casos, la información se analiza a partir de la instalación de la Comisión, octubre de 2003 a abril de 2006, lo que permite incorporara mayores elementos para su presentación.
[4] “En riesgo, sector de cajas populares”, El Financiero, Sección de Finanzas (abril 6 de 2006), p. 8
[5] Secretaría de Hacienda y Crédito Público, “Relación de Fideicomisos, Mandatos y Contratos Análogos en los que participa el Sector Central de la SHCP e información trimestral sobre los recursos públicos federales aportados”, en www.shcp.gob.mx/difus/transparencia/docs/fideicomisos
[6] Carola Conde, Fomento y movilización del ahorro, ponencia presentada en el foro Fomento cooperativo: alternativas para una economía solidaria. Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, Cámara de Diputados. México, marzo de 2006.
[7] Armando Rendon Justicia distributiva, Fomento cooperativo: alternativas……op cit.
[Citar como] Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, "Impacto del trabajo legislativo", en Fomento Cooperativo [Actualización: 29 de mayo de 2006], en www.diputados.gob.mx/cesop/