Seguridad Pública
Contexto nacional
Normatividad en materia de seguridad pública
Comparación del marco normativo en las entidades federativas
(octubre de 2005)
En el sexenio de Miguel de la Madrid se modificó el Artículo 115 Constitucional, con el objetivo de precisar la forma de organización del municipio y sus obligaciones. Entre otras atribuciones, en la fracción tercera se estableció la prestación del servicio público de “seguridad pública”.
A raíz de estas reformas, se emprendió la creación de leyes estatales en materia de seguridad pública. Actualmente, excepto Campeche (una de las entidades de menor incidencia delictiva), en todos las entidades federativas existe una ley en la materia.
Las leyes estatales existentes, excepto las de Tabasco y Tlaxcala, contienen rubros comunes a los existentes en el Sistema Nacional de Seguridad Pública. En el siguiente cuadro se mencionan esos rubros, el número de estados que las incluyen y sus excepciones.
Cuadro 1 Comparación de 29 leyes estatales de seguridad pública*
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* De las 31 entidades federativas del país, este cuadro sólo se refiere a 29 porque una (Campeche) no cuenta con una ley en la materia y dos (Tabasco y Tlaxcala) no incluyen los ordenamientos mínimos para hacerlas comparables.
Fuente: Claudia Gamboa Montejano, La seguridad pública en los 31 estados y el Distrito Federal. Estudio comparativo de la legislación en la materia, Cámara de Diputados. Servicio de Investigación y Análisis, México, marzo de 2005.
De las 29 entidades incluidas en el cuadro, dos entidades tienen el mayor número de excepciones (Hidalgo y Zacatecas). En ambas entidades no se incluyen regulaciones sobre participación ciudadana, medidas de prevención, seguridad privada y estadística delictiva.
SEGURIDAD PÚBLICA
Leyes federales, estatales y comisiones en los congresos
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[Citar como] Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, "Contexto nacional", en Seguridad Pública [Actualización: 13 de junio de 2006], en www.diputados.gob.mx/cesop/