Seguridad Social
Contexto nacional
En México, 29 estados de la República cuentan con alguna ley para otorgar cobertura de la seguridad social a los trabajadores al servicio del Estado y los municipios, ya sea a través del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) o de organismos públicos descentralizados como institutos estatales o municipales de seguridad social o direcciones de pensiones. En este sentido, el artículo 146 de la Ley del ISSSTE establece que “el Instituto podrá celebrar convenios con las entidades de la Administración Pública y con los gobiernos de los Estados o de los Municipios, a fin de que sus trabajadores y familiares derechohabientes reciban las prestaciones y servicios del régimen obligatorio de esta Ley. La incorporación podrá ser total o parcial”. Para el Distrito Federal y los estados de Chiapas y Morelos, no se encontró ninguna ley relacionada con la seguridad social para los trabajadores del Estado.[1] Varios estados cuentan con leyes sobre situaciones particulares:
Baja California, Morelos, Sinaloa y Veracruz tienen leyes que otorgan pensiones a los veteranos de la Revolución.
El Distrito Federal y Veracruz tienen leyes para otorgar pensiones alimenticias a los adultos mayores.
Yucatán tiene una ley para las pensiones de los exgobernadores.
Baja California, Coahuila, Nuevo León y Sinaloa tienen leyes específicas para los trabajadores de la educación.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), en el 2002 los sistemas estatales de seguridad social tenían 1,372,687 derechohabientes, lo que representa el 2.3% del total de derechohabientes. No se disponen cifras agregadas para el caso de los sistemas municipales.
En la Convención Nacional Hacendaria se trató el tema de los sistemas de pensiones de los Estados y se señaló que estos sistemas tienen las siguientes características:[2]
Predominan los sistemas de beneficio definido.
Existe heterogeneidad entre los sistemas, pero en general los beneficios son altos debido a que los requisitos de edad de retiro y tiempo de cotización para el retiro son laxos.
A pesar de ser onerosos resultan inequitativos.
Los sistemas son generosos únicamente para quienes permanecen gran parte de su vida laboral en el sistema.
No ofrecen portabilidad. Si un trabajador migra de un sistema a otro pierde sus derechos. Por ejemplo, cuando un trabajador pasa de un gobierno estatal a otro pierde su antigüedad.
No son heredables. Si los derechohabientes no tienen cónyuge o hijos menores de edad se pierde la pensión.
Al igual que las pensiones a nivel federal, los sistemas estatales y municipales de pensiones están enfrentando graves problemas financieros, por lo cual algunos estados deben otorgar subsidios a sus sistemas de pensiones, lo que afecta significativamente sus finanzas.[3] Dado que la mayoría funciona bajo un sistema de reparto enfrentan los problemas comunes de este sistema, esto es, el envejecimiento de la población y el aumento en la esperanza de vida, el aumento de las enfermedades crónico-degenerativas que elevan los costos de atención de la salud, y la disminución de la relación de trabajadores activos por jubilado. A lo anterior se agrega la falta de una normatividad para la creación de reservas, de forma que éstas son prácticamente inexistentes, la generosidad de los beneficios y el bajo nivel de aportaciones.[4] Para enfrentar esta problemática algunos estados han emprendido reformas, principalmente de tipo paramétrico o bien mediante un sistema mixto de beneficio definido con cuentas individuales.[5] Dado que existe una multiplicidad de sistemas estatales para los servidores públicos, normalmente se propone su integración bajo un solo esquema nacional.[6]
Comisiones Legislativas
En las Cámaras de Diputados estatales solamente cinco estados tienen una comisión legislativa dedicada específicamente a la seguridad social: Chiapas, Durango, Oaxaca, Tamaulipas y Yucatán. El resto de los estados atienden este tema en comisiones relacionadas como son las comisiones de salud, de asuntos laborales, de desarrollo social, entre otras.
LEYES ESTATALES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Entidad Federativa |
Nombre de la comisión |
Leyes |
Aguascalientes |
Comisión de Salud Pública y Asistencia Social |
● Ley de Seguridad y Servicios Sociales para los Servidores Públicos |
Baja California |
Comisión de Salud, Bienestar Social y Desarrollo Humano |
TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN VETERANOS DE LA REVOLUCIÓN |
Baja California Sur |
Comisión de Asuntos Laborales y de Previsión Social |
●Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur |
Campeche |
Comisión de Desarrollo Social |
● Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Campeche |
Coahuila |
Comisión de atención de personas de capacidades diferentes, adultos mayores y pensionados y jubilados |
TRABAJADORES DEL ESTADO Y MUNICIPIOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN |
Colima |
Comisión de Salud y Asistencia Social |
|
Chiapas |
Comisión de Seguridad Social |
- |
Chihuahua |
Comisión de Salud Comisión de Atención del Adulto Mayor |
● Ley de Pensiones Civiles ● Ley del Instituto Municipal de Pensiones |
Distrito Federal |
Comisión de Salud y Asistencia Social |
ADULTOS MAYORES |
Durango |
Comisión de Trabajo, Previsión y Seguridad Social |
|
Guanajuato |
Comisión de Salud |
|
Guerrero |
Comisión de Salud |
● Ley de Seguridad Social de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero |
Hidalgo |
Comisión de Salud Comisión del Trabajo |
● Ley de préstamos, compensaciones por retiro y jubilaciones del Estado de Hidalgo |
Jalisco |
Comisión deTrabajo y Previsión Social |
● Ley de Pensiones del Estado de Jalisco ●Reglamento General de Prestaciones, Derechos y Obligaciones de Afiliados y Pensionados de la Dirección de Pensiones del Estado |
México |
Comisión de Trabajo, Previsión y Seguridad Social. |
● Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México |
Michoacán |
Comisión de Salud |
|
Morelos |
Comisión de Salud, Deporte y Bienestar Social |
● Ley de Beneficios, Estímulos y Recompensa para los Veteranos de la Revolución del Estado |
Nayarit |
Comisión de Salud y Seguridad Social |
● Ley de Pensiones para los Trabajadores al Servicio del Estado |
Nuevo León |
Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos |
● Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los trabajadores del Estado de Nuevo León VETERANOS DE LA REVOLUCIÓN ● Ley de Pensiones, seguro de vida y otros beneficios a los Veteranos de la Revolución |
Oaxaca |
Comisión de Trabajo y Seguridad Social |
● Ley de Pensiones para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca |
Puebla |
||
Querétaro |
Comisión de Salud y Población Comisión de Desarrollo Social y Vivienda Comisión de Trabajo y Previsión Social |
● Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios |
Quintana Roo |
||
San Luis Potosí |
Comisión de Salud y Asistencia Social |
|
Sinaloa |
Comisión de Salud y Asistencia Social |
● Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Sinaloa ● Ley de los Trabajadores al Servicio de los Municipios del Estado de Sinaloa TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN VETERANOS DE LA REVOLUCIÓN ● Ley de pensiones, seguro de vida y otros beneficios para los veteranos de la Revolución |
Sonora |
Comisión de Asistencia Pública y Salubridad |
● Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora |
Tabasco |
Comisión de Salud Pública Comisión de Trabajo y Previsión Social |
● Ley del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco |
Tamaulipas |
Comisión de Trabajo y Seguridad Social |
● Ley de la Unidad de Previsión y Seguridad Social del Estado de Tamaulipas |
Tlaxcala |
Comisión de Salud Comisión de Trabajo y Previsión Social |
● Ley de Pensiones Civiles del Estado de Tlaxcala |
Veracruz |
Comisión de Salud y Asistencia Comisión de Trabajo y Previsión Social |
● Ley de Pensiones del Estado de Veracruz TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN ● Ley del Seguro Social de los Trabajadores de la Educación del Estado de Veracruz ADULTOS MAYORES |
Yucatán |
Comisión de Trabajo, Asistencia y Seguridad Social y Peticiones. |
EXGOBERNADORES ● Ley de pensiones para ex gobernadores del Estado de Yucatán |
Zacatecas |
Comisión de Salud |
● Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas |
Fuente: Leyes y Poderes Estatales, página de la H. Cámara de Diputados. http://www.diputados.gob.mx/leyinfo/gobiernos.htm Nota: Los espacios en blanco significan que no se encontró información en la página electrónica. En los casos en que aparece más de una comisión, significa que no existe una comisión de seguridad social, y que no es explícito el marco de acción de las comisiones mencionadas. En abril de 2006 el Congreso del Estado de Chiapas recibió una Iniciativa de Ley para los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios de Chiapas. En: http://congresochiapas.gob.mx/goto/sitio/noticias/--/action=despliega/id=461/index.htm |
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[1] La búsqueda se realizó en las páginas electrónicas de los congresos estatales con base al listado proporcionado en la página electrónica de la Cámara de Diputados. En: http://www.diputados.gob.mx/leyinfo/gobiernos.htm (consulta: mayo de 2006).
[2] Convención Nacional Hacendaria, Minuta de la 2ª. Reunión de la Mesa de Deuda Pública (Mesa III), México, D.F., 4 de Marzo de 2004.
En: http://www.indetec.gob.mx/cnh/Mesas/VerMinutas.asp?key=15
[3] En la Convención Nacional Hacendaria se señaló que en 1998 el pasivo contingente de los sistemas estatales de pensiones era del orden del 25% del PIB de 2003 (1.5 billones de pesos de 2003). Idem.
[4] Francisco Miguel Aguirre Farías, “Sistemas de Pensiones en las Entidades Federativas”, Foro Sistemas de Seguridad Social en los Estados: Problemática de los Regímenes de Pensiones, 28 y 29 de julio de 2005, Zacatecas, Zacatecas.
[5] Aguascalientes, Coahuila y Estado de México adoptaron un esquema mixto, Guanajuato, Veracruz y Sonora mantuvieron un sistema de beneficio definido, Nuevo León migró hacia cuentas individuales e Hidalgo se afilió al ISSSTE para los trabajadores que ingresan después de 1998. Idem.
[6] La Secretaría de Hacienda y Crédito Público hizo una propuesta de reforma a las pensiones de los servidores públicos (ISSSTE) que se basa en la introducción de cuentas individuales y el otorgamiento de un bono de reconocimiento. Por el contrario, el diputado del PRD Miguel Alonso Raya se ha manifestado a favor de una propuesta alternativa que mantiene el esquema de beneficio definido. Miguel Alonso Raya, “Retos y Alternativas de la Seguridad Social: Elementos para integrar una agenda”, Mesa Redonda: desafíos y propuestas en el financiamiento de la seguridad social, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, Ciudad Universitaria, Mayo 18, 2004.
[Citar como] Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, "Contexto nacional", en Seguridad Social [Actualización: 16 de junio de 2006], en www.diputados.gob.mx/cesop/