Fomento Cooperativo

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Definición

El término cooperación puede referirse a casi toda acción colectiva, sin embargo a partir del siglo XIX se relaciona con una forma específica de la acción popular: aquella que busca beneficios y mejores remuneraciones y condiciones de vida para los trabajadores. Por encima de la diversidad de objetivos y de la multiplicidad de modos de acción, la función del movimiento cooperativista es servir a la comunidad uniendo sobre una base democrática e igualitaria, a los individuos que tienen intereses comunes como productores o como consumidores. La definición también se aplica a las sociedades comerciales sin una finalidad de lucro que muestran un mutuo y recíproco apoyo entre sus miembros.[1]

En el Artículo 2º de la Ley General de Sociedades Cooperativas se define a éstas como: “una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción y consumo de bienes y servicios…”[2] Por lo que el cooperativismo puede ser entendido como “…la aplicación de una doctrina cuya finalidad es la promoción e interrelación  de entidades cooperativas, considerándolas como una forma ideal de organización de las actividades económicas”.[3]

Para la Organización Mundial del Trabajo, la cooperativa es “una asociación de personas (no de capitales) de número variable, que se organizan para resolver las mismas necesidades económicas administrando una empresa en forma conjunta, por su cuenta y apoyo mutuo, con el objeto de tener un provecho material y moral común”.[4]

El cooperativismo también es un sistema sociológico que busca una solución al problema de la desigualdad social, el servicio a la comunidad y generar ingresos en grupos sociales y comunidades que encuentran en esta forma de  organización un medio adicional para satisfacer sus necesidades básicas y extraordinarias.[5] 

El término es usado primeramente a mitad del siglo XIX por autores franceses como Charles Dunoyer, Fréderic Le Play, Charles Gide y Leon Walras, como un enfoque que incorpora el estudio de la problemática social a la economía.[6] Hoy en día, el significado de “economía social” tiene acepciones polisémicas que derivan de un conglomerado de enunciados que engloba la actividad realizada por diversas organizaciones sociales, grupos de interés colectivo en el ámbito rural y urbano y programas sociales para grupos vulnerables, en conjunto con una actividad económica. También se puede entender a la economía social como una práctica de “… libre adhesión, en algunos casos con autonomía frente al Estado, gestión democrática de la empresa, propiedad social de los medios de producción, clara vocación social y equidad en la distribución de los excedentes económicos”.[7]

El Plan Nacional de Desarrollo, señala que “para fortalecer las economías regionales se impulsará la integración de los habitantes de comunidades de alta y muy alta marginación en pequeñas sociedades productivas que cuenten con el respaldo solidario de los gobiernos estatales y municipales, con la finalidad de incluir a la población marginada de áreas rurales y urbanas en el desarrollo productivo” como parte de la estrategia para implementar las “empresas sociales”. [8] 

Si bien es cierto que la estrategia del gobierno federal está encaminada a desarrollar las habilidades empresariales de la población marginada, el aspecto cultural sobre la asistencia gubernamental difiere en mucho de la cultura empresarial, la cual toma decisiones racionales en torno a un contexto que fija límites o implica soluciones con el conocimiento óptimo, para escoger el mejor resultado costo-beneficio.[9]  Es decir, aplicar un programa federal sustentado en la “empresa social”, implica mucho más que capacitación y desarrollo de habilidades.  En América Latina, las políticas de inclusión social han seguido la exitosa experiencia europea en varios de sus procesos de descentralización e iniciativas de desarrollo local como: prácticas de trabajo en territorios, profesionalización en la administración pública, evitar la segregación en los programas de combate a la pobreza y una coordinación gubernamental efectiva.[10] Son este tipo de acciones las que el gobierno federal promueve en  la formación de capital social y en el cambio de una nueva cultura de empresas sociales entendidas como una nueva vertiente de la economía: la economía social.

Hay una estrecha relación entre el cooperativismo y la economía social ya que ambos conceptos están delimitados por los principios de solidaridad y ayuda mutua, así como por la orientación práctica para la generación de recursos propios con y sin asistencia estatal. En suma, la autogeneración de recursos, el autoempleo y las diversas actividades de consumo y producción que se realizan por medio de la empresa cooperativa tienen como uno de sus principales fines, el bienestar colectivo de los socios y de su entorno comunitario.

 

Bibliografía

Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, Cuadernos cooperativos y de economía social, Cámara de Diputados, No. 11

De Santo, Víctor; Diccionario de ciencias jurídicas, políticas, sociales y de economía, Buenos Aires, 1999

Hernández Romo, Marcela, La cultura empresarial en México, Cámara de Diputados, Universidad Autónoma de Aguascalientes y Editorial Porrúa, México, 2004.

Instituto de Investigaciones Jurídicas  (IIJ), Enciclopedia Jurídica Mexicana, México 2004

Mayra Buviníc y Jaqueline Mazza, Social inclusion and Economic Development in Latin America, Inter American Development Bank, Washington, 2003.

Presidencia de la República, Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, México, 2001.

Rojas Herrera, Juan José, Devenires y avatares: memorias legislativas. Hacia un nuevo marco jurídico para el sector social de la economía y el cooperativismo, Raúl Juárez Carro, México, 2000.

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[1] Víctor de Santo, Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas, Sociales y de Economía, Buenos Aires, 1999, p. 84

[2] Instituto de Investigaciones Jurídicas  (IIJ), Enciclopedia Jurídica Mexicana, UNAM, México 2004. p. 480

[3] Victor de Santo, Diccionario de Ciencias…, op cit, p. 85

[4] Torcuato S. Di Tella, Diccionario de Ciencias Sociales y Políticas, Ed. Ariel, Buenos Aires, Argentina, 2004, p. 131

[5] IIJ, Enciclopedia…. Op.Cit .p. 2946

[6] Oscar Bastidas Delgado, “Economía social y economía solidaria”, en Cuadernos cooperativos y de economía social, Cámara de Diputados, No. 11, p. 13

[7] Juan José Rojas Herrera, Devenires y avatares: memorias legislativas. Hacia un nuevo marco jurídico para el sector social de la economía y el cooperativismo, Ed. Raúl Juárez Carro, S. A. de C. V. México. (2000

[8] Presidencia de la República, Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, Tercer Objetivo Rector de la vertiente del Crecimiento con Calidad , México 2001, p. 38

[9] Marcela Hernández Romo, La cultura empresarial en México, Cámara de Diputados, Universidad Autónoma de Aguascalientes y Editorial Porrúa, México,  2004, p.10

[10] Mayra Buviníc y Jaqueline Mazza, Social Inclusion and Economic Development in Latin America, Inter. American Development Bank, Washington, 2003. p.21

[Citar como] Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, "Definición", en Fomento Cooperativo [Actualización: 1 de marzo de 2006], en www.diputados.gob.mx/cesop/