Hipervínculos:
Democracia sustantiva: Esta se refiere a formas de relación, de convivencia, de comunicación y de autoridad, participativas, horizontales y equitativas en todos los espacios cotidianos de la pareja, la familia, el trabajo, el comercio, la organización, etcétera.[38]
Referéndum: Facultad del pueblo de sancionar o anular las leyes o los actos administrativos.[39] Este puede ser facultativo si la intervención popular es prescindible sin mayor consecuencia sobre el acto y es obligatorio si la votación popular es indispensable para la validez del acto.[40]
Revocación de mandato: Este es un procedimiento mediante el cual la comunidad electoral o una parte significativa de ella, puede promover la destitución de los representantes electos ante de concluya su periodo, a través de comicios especiales donde se les confirme o destituya.[41]
Plebiscito: Sirve para que los ciudadanos decidan entre aceptar o rechazar una propuesta que concierne a la soberanía.[42] Es la consulta al cuerpo electoral sobre un acto de naturaleza gubernamental o constitucional, es decir político, en el genuino sentido de la palabra. No gira en torno a un acto legislativo, sino a una decisión política, aunque susceptible quizá de tomar forma jurídica.[43]
La iniciativa popular: Consiste en la transmisión de la potestad de iniciar el procedimiento de revisión constitucional o de formación de la ley formal, a una determinada fracción del cuerpo electoral.[44] Es el derecho de los ciudadanos de dar inicio al trámite de aprobación de proyectos de ley, sustentado en el respaldo de un número determinado de firmas o porcentajes que varían en cada país o estado según sea el caso.[45]
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[38] Bertha Salinas Amescua, “Aportes de la Educación Popular al proceso de democratización política” Consejo de Educación de Adultos en América Latina en http://www.ceaal.org/pdf/no_18_salinas.pdf (consulta: 5 diciembre 2005).
[39] Iván Escobar, “El sistema representativo y la democracia semidirecta” en Hugo Concha Cantú, coord., Sistema representativo y democracia semidirecta, UNAM, México, 2002, 141.
[40] Felipe Baylon García, “Los instrumentos de democracia directa. El plebiscito, el referéndum, la iniciativa popular y la revocación de mandato, Cámara de Diputados, s/f, 4.
[41] Ibíd., 7.
[42] Jean-Francois Prud´Homme, “Consulta popular y democracia directa” en Servicio de Investigación y Análisis de la Cámara de Diputados, Democracia directa: referéndum, plebiscito e iniciativa popular ,s/f, 5.
[43] Elisur Arteaga, “Derecho Constitucional” en Servicio de Investigación y Análisis de la Cámara de Diputados, Democracia… op cit.
[44] Francisco Berlín, “Diccionario universal de términos parlamentarios” en Servicios de Investigación y Análisis de la Cámara de Diputados, Democracia directa: referéndum, plebiscito e iniciativa popular, s/f, 6.
[45] Ídem.