México ha suscrito numerosos tratados internacionales para garantizar los derechos humanos de las mujeres y en específico, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Es necesario reconocer que no basta con proclamar un determinado derecho, es preciso respetarlo, protegerlo, garantizarlo y promocionarlo. Esto exige un trabajo serio, comprometido e incluyente por parte de todas y todos aquellos que puedan colaborar desde sus propias posibilidades, a visibilizar, prevenir, sancionar y erradicar este grave y doloroso problema social. El Sistema incluye instrumentos internacionales de derechos humanos como herramienta indispensable para respetar, proteger, garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
 
   
   
   
 
 
Estos instrumentos son políticos y jurídicos. Los primeros son éticos, que reflejan el sentir de la comunidad internacional. Los segundos son jurídicamente vinculantes y en muchos casos existen mecanismos judiciales de protección para las mujeres víctimas de la violencia de género que pueden ser activados por ellas mediante denuncias particulares ante el incumplimiento de las obligaciones del Estado mexicano, previo agotamiento de los recursos internos.
  Informe Mundial sobre la Violencia y la Salud
Combating Gender-Based Violence: A Key to Achieving the MDGS
 
Instrumentos políticos
Los Objetivos del Milenio de las Naciones Unidas (ODM) son acciones específicas para alcanzar metas calendarizadas. Por ello, es importante que se desarrollen con perspectiva de género, incorporando otros compromisos como los contenidos en la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing (1995), cuyo Capítulo D, se denomina "Violencia contra la mujer".
 
 
Instrumentos jurídicos
La Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación en contra de la Mujer (CEDAW), como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belém do Pará" son de vital importancia, pues visibilizan a las mujeres como sujetas de derechos y sensibilizan respecto a la especificidad de sus derechos. Asimismo, destaca las interpretaciones que el Comité de la CEDAW ha hecho respecto de las obligaciones contenidas en la citada Convención a través de las Recomendaciones.
  Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer sobre México(1982-2006)
 
Sin embargo, las mujeres como sujetas de derechos son protegidas por otros tratados suscritos tanto en el marco del sistema de Naciones Unidas, como en el sistema interamericano.